Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5454)
BOP-2024-5454 Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Asociación Multideportiva EUEXIA para el mantenimiento del programa "Respiro Familiar" 2024.
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QUINTA.- Se considerarán gastos subvencionables los destinados a la ejecución del Programa
realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, y en concreto los siguientes:
a) Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales como
material de oficina, gastos de correo, teléfono y otros similares que respondan de
manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada , de acuerdo con la
memoria presentada por la asociación solicitante.
b) Gastos de personal.
c) Gastos derivados de actividades: entradas a eventos, viajes, excursiones, etc.
En ningún caso serán gastos subvencionables:
d) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
e) Los gastos de procedimientos judiciales.
f) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
g) Los impuestos personales sobre la renta
h) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
SEXTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso que
aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia. Igualmente deberá hacerse
pública la subvención concedida mediante cartel identificador en las dependencias de la
Asociación, así como en las redes sociales, o página web.
SÉPTIMA.- Serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en
el Tablón de anuncios de la Corporación la subvención concedida a esta Asociación, regulada en
el presente Convenio, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen,
beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley General de
Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el Ayuntamiento
remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvención concedida con indicación
del programa y crédito presupuestario al que se imputa la subvención, beneficiario, cantidad
concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas o
proyectos subvencionados.
CVE:
BOP-2024-5454
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de octubre de 2024
N.º 0207
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