Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5305)
BOP-2024-5305 Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de Empleo Local del proceso excepcional de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la
temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su
estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este
Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso
excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea. Además de la experiencia profesional, se valorará la formación, de acuerdo con los
baremos que figuran a continuación y que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
7.ª.2. Experiencia profesional. Este apartado tendrá una valoración máxima de 8 puntos, se
valorarán los servicios efectivos prestados atendiendo al siguiente baremo:
a) Por cada mes de antigüedad en la administración convocante, como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o personal indefinido no fijo ocupando el
puesto vinculado a la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo
temporal: 0,06 puntos por mes completo.
b) Por servicios prestados en la administración convocante, como personal funcionario
interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo grupo y
subgrupo o como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la misma
categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo temporal:
0,03 puntos por mes.
c) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, como personal
funcionario interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo
grupo y subgrupo o como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la
misma categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo
temporal: 0,015 puntos por mes. Los servicios prestados para este Ayuntamiento se
acreditarán mediante el correspondiente certificado de servicios prestados emitido de
oficio por la Secretaría del Ayuntamiento de Saucedilla, que lo remitirá al Tribunal de
Selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del
secretario, o quien proceda, de la Corporación o entidad acompañados de vida laboral
actualizada, debiendo constar la siguiente información: puesto y funciones realizadas, tipo de
vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha de inicio y de fin de cada
CVE:
BOP-2024-5305
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la
temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su
estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este
Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso
excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea. Además de la experiencia profesional, se valorará la formación, de acuerdo con los
baremos que figuran a continuación y que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
7.ª.2. Experiencia profesional. Este apartado tendrá una valoración máxima de 8 puntos, se
valorarán los servicios efectivos prestados atendiendo al siguiente baremo:
a) Por cada mes de antigüedad en la administración convocante, como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o personal indefinido no fijo ocupando el
puesto vinculado a la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo
temporal: 0,06 puntos por mes completo.
b) Por servicios prestados en la administración convocante, como personal funcionario
interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo grupo y
subgrupo o como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la misma
categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo temporal:
0,03 puntos por mes.
c) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, como personal
funcionario interino en plaza de igual denominación a las que se convoca y del mismo
grupo y subgrupo o como personal laboral temporal o personal indefinido no fijo en la
misma categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de empleo
temporal: 0,015 puntos por mes. Los servicios prestados para este Ayuntamiento se
acreditarán mediante el correspondiente certificado de servicios prestados emitido de
oficio por la Secretaría del Ayuntamiento de Saucedilla, que lo remitirá al Tribunal de
Selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del
secretario, o quien proceda, de la Corporación o entidad acompañados de vida laboral
actualizada, debiendo constar la siguiente información: puesto y funciones realizadas, tipo de
vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha de inicio y de fin de cada
CVE:
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Verificable
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