Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5225)
BOP-2024-5225 Publicación Convenio suscrito entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Fundación Triángulo.
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SEXTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso
que aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia. Igualmente
deberá hacerse pública la subvención concedida mediante cartel identificador en las
dependencias de la Asociación, así como en las redes sociales, o página web.
SÉPTIMA.- Serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en el Tablón de anuncios de la Corporación la subvención concedida a
esta Asociación, regulada en el presente Convenio, con expresión del programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad
o finalidades de la subvención.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la
Ley General de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de
septiembre, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
las subvención concedida con indicación del programa y crédito presupuestario al
que se imputa la subvención, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad
de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectos
subvencionados.
OCTAVA.- La justificación de las cantidades recibidas como subvención, se llevará a
cabo mediante la presentación por parte de la entidad beneficiaria, de la cuenta
justificativa simplificada, la cual será presentada ante el Ayuntamiento de Plasencia
en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la vigencia del presente
convenio. Dicha cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación:
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos, los beneficiarios atendidos, altas y bajas en
caso de haberse producido y coste de las plazas subvencionadas.
- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su
caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
DEBERÁ ACREDITARSE LA JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DE LA
ACTIVIDAD SUBVENCIONADA (EL IMPORTE TOTAL DE LA MISMA, NO
ÚNICAMENTE LA PARTE SUBVENCIONADA).
CVE:
BOP-2024-5225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 21999
SEXTA.- En la publicidad que se realice en los medios de comunicación, será preciso
que aparezcan los elementos distintivos del Ayuntamiento de Plasencia. Igualmente
deberá hacerse pública la subvención concedida mediante cartel identificador en las
dependencias de la Asociación, así como en las redes sociales, o página web.
SÉPTIMA.- Serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en el Tablón de anuncios de la Corporación la subvención concedida a
esta Asociación, regulada en el presente Convenio, con expresión del programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad
o finalidades de la subvención.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la
Ley General de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de
septiembre, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
las subvención concedida con indicación del programa y crédito presupuestario al
que se imputa la subvención, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad
de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectos
subvencionados.
OCTAVA.- La justificación de las cantidades recibidas como subvención, se llevará a
cabo mediante la presentación por parte de la entidad beneficiaria, de la cuenta
justificativa simplificada, la cual será presentada ante el Ayuntamiento de Plasencia
en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la vigencia del presente
convenio. Dicha cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación:
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos, los beneficiarios atendidos, altas y bajas en
caso de haberse producido y coste de las plazas subvencionadas.
- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su
caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
DEBERÁ ACREDITARSE LA JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS DE LA
ACTIVIDAD SUBVENCIONADA (EL IMPORTE TOTAL DE LA MISMA, NO
ÚNICAMENTE LA PARTE SUBVENCIONADA).
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0198
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