Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5225)
BOP-2024-5225 Publicación Convenio suscrito entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia y la Fundación Triángulo.
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NOVENA.- En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este
Convenio, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley General de
Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el reintegro de las
cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde el momento
del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del
reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que
se regula el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
DÉCIMA.- La SUBVENCIÓN CONCEDIDA SERÁ INCOMPATIBLE CON OTRAS
SUBVENCIONES O AYUDAS PÚBLICAS PARA LA MISMA FINALIDAD. Ninguna
de las partes podrá exigir otras contrapartidas que las que se deriven
exclusivamente del presente Convenio.
Para lo no previsto en este convenio, será de aplicación la Ley General de
Subvenciones y la normativa municipal vigente.
UNDÉCIMA.- Será competencia del Ayuntamiento de Plasencia la interpretación de
las cláusulas que figuran en el Convenio, y en caso que se produzcan diferencias
irresolubles, el conocimiento de las mismas corresponderá a los Tribunales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
DUODÉCIMA.- El presente Convenio estará en vigor desde el 1 de Enero de 2024
hasta el de 31 de diciembre de 2024, y será publicado en el BOP de Cáceres
mediante orden expresa de la Concejalía Delegada del Área, y comunicada dicha
publicación a la BDNS conforme al CAPÍTULO II, art.4.a) del Real Decreto, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y demás
ayudas públicas.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, ambas
partes lo firman en el lugar y fecha indicados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
Fdo. Fernando Pizarro García
POR LA FUNDACION TRIANGULO DE
EXTREMADURA
Fdo. Dª. Silvia Tostado Calvo
Toma de razón,
El Secretario General
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia
CVE:
BOP-2024-5225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 22000
NOVENA.- En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este
Convenio, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley General de
Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el reintegro de las
cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde el momento
del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del
reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que
se regula el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
DÉCIMA.- La SUBVENCIÓN CONCEDIDA SERÁ INCOMPATIBLE CON OTRAS
SUBVENCIONES O AYUDAS PÚBLICAS PARA LA MISMA FINALIDAD. Ninguna
de las partes podrá exigir otras contrapartidas que las que se deriven
exclusivamente del presente Convenio.
Para lo no previsto en este convenio, será de aplicación la Ley General de
Subvenciones y la normativa municipal vigente.
UNDÉCIMA.- Será competencia del Ayuntamiento de Plasencia la interpretación de
las cláusulas que figuran en el Convenio, y en caso que se produzcan diferencias
irresolubles, el conocimiento de las mismas corresponderá a los Tribunales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
DUODÉCIMA.- El presente Convenio estará en vigor desde el 1 de Enero de 2024
hasta el de 31 de diciembre de 2024, y será publicado en el BOP de Cáceres
mediante orden expresa de la Concejalía Delegada del Área, y comunicada dicha
publicación a la BDNS conforme al CAPÍTULO II, art.4.a) del Real Decreto, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y demás
ayudas públicas.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, ambas
partes lo firman en el lugar y fecha indicados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA
Fdo. Fernando Pizarro García
POR LA FUNDACION TRIANGULO DE
EXTREMADURA
Fdo. Dª. Silvia Tostado Calvo
Toma de razón,
El Secretario General
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia
CVE:
BOP-2024-5225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
Pág. 22000