Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5172)
BOP-2024-5172 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
43 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Baja voluntaria de la plaza.
No respetar las normas de convivencia del Centro.
Entorpecer la buena marcha del Centro.
La embriaguez habitual o la drogadicción.
La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal de la Residencia.
Negarse o impedir que se realice la limpieza diaria de su habitación.
El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otra persona residente o personal de la Residencia.
El impago de cualquiera de los recibos por su estancia en el Centro.
Traslado a otro Centro
Ausencia injustificada del Centro cuando ésta sea superior a cuatro días.
Por Sanción derivada del Reglamento de Régimen Interno.
CAPÍTULO II. DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS.
ARTÍCULO 11.
Las personas usuarias del Centro o establecimiento tendrán los siguientes derechos:
- Asistir a la Asamblea General con voz y voto.
- Participar como elector/a y poder ser elegido/a en todos los procesos electorales que
se desarrollen en el Centro, salvo lo dispuesto en el régimen de sanciones por este
Estatuto.
- Alojamiento, manutención y asistencia.
- Utilización de los servicios comunes en las condiciones que establezcan las normas de
funcionamiento interno, de acuerdo con las características de los mismos.
- Recibir comunicación personal y privada con el exterior mediante zonas de visitas,
teléfono público y entrega de correspondencia.
- Recibir un trato correcto por parte del personal y de las personas usuarias.
- Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciben en el Centro y su información
en un lenguaje claro y directo, adecuado al sector de mayores personas residentes,
cuando se trate de asuntos de especial trascendencia que puedan incidir en la situación
de dichas personas residentes.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21687
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Baja voluntaria de la plaza.
No respetar las normas de convivencia del Centro.
Entorpecer la buena marcha del Centro.
La embriaguez habitual o la drogadicción.
La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del
personal de la Residencia.
Negarse o impedir que se realice la limpieza diaria de su habitación.
El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a
otra persona residente o personal de la Residencia.
El impago de cualquiera de los recibos por su estancia en el Centro.
Traslado a otro Centro
Ausencia injustificada del Centro cuando ésta sea superior a cuatro días.
Por Sanción derivada del Reglamento de Régimen Interno.
CAPÍTULO II. DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS.
ARTÍCULO 11.
Las personas usuarias del Centro o establecimiento tendrán los siguientes derechos:
- Asistir a la Asamblea General con voz y voto.
- Participar como elector/a y poder ser elegido/a en todos los procesos electorales que
se desarrollen en el Centro, salvo lo dispuesto en el régimen de sanciones por este
Estatuto.
- Alojamiento, manutención y asistencia.
- Utilización de los servicios comunes en las condiciones que establezcan las normas de
funcionamiento interno, de acuerdo con las características de los mismos.
- Recibir comunicación personal y privada con el exterior mediante zonas de visitas,
teléfono público y entrega de correspondencia.
- Recibir un trato correcto por parte del personal y de las personas usuarias.
- Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciben en el Centro y su información
en un lenguaje claro y directo, adecuado al sector de mayores personas residentes,
cuando se trate de asuntos de especial trascendencia que puedan incidir en la situación
de dichas personas residentes.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
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Jueves, 10 de octubre de 2024
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