Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5172)
BOP-2024-5172 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Participar en los servicios y actividades sociales, culturales, recreativas y lúdicas que
se organicen y colaborar en el desarrollo de las mismas.
- Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la
promoción de la salud y que se facilite el acceso a la asistencia sanitaria.
- Elevar por escrito, o de palabra, al Órgano directivo o al responsable del Centro
propuestas relativas a la mejora de servicios.
- Comunicar posibles quejas en cuanto al servicio a través del Buzón de Sugerencias del
Centro y las hojas tipo, así como indicar sugerencias o alternativas de actividades a
realizar en el establecimiento.
- Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención a la persona
residente en el ámbito del Centro y en las condiciones que reglamentariamente se
determinen.
CAPÍTULO III. DE LOS DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS.
ARTÍCULO 12.
Las usuarias del Centro estarán sujetas a los siguientes deberes:
- Abonar el importe establecido por la prestación recibida, que en su caso le
corresponda.
- Conocer y cumplir el Reglamento de Régimen Interno.
- Conocer las normas de funcionamiento interno que se dispongan, y los acuerdos e
instrucciones emanados del Órgano Directivo.
- Respetar el buen uso de las instalaciones del Centro, colaborando en su
mantenimiento.
- Mantener un comportamiento correcto en su relación con los personas usuarias y
trabajadores del Centro.
- Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo del Centro y otros lugares
relacionados con sus actividades.
- Poner en conocimiento del órgano de dirección del establecimiento las anomalías o
irregularidades que observen el mismo.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21688
se organicen y colaborar en el desarrollo de las mismas.
- Beneficiarse de actividades encaminadas a la prevención de la enfermedad y a la
promoción de la salud y que se facilite el acceso a la asistencia sanitaria.
- Elevar por escrito, o de palabra, al Órgano directivo o al responsable del Centro
propuestas relativas a la mejora de servicios.
- Comunicar posibles quejas en cuanto al servicio a través del Buzón de Sugerencias del
Centro y las hojas tipo, así como indicar sugerencias o alternativas de actividades a
realizar en el establecimiento.
- Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención a la persona
residente en el ámbito del Centro y en las condiciones que reglamentariamente se
determinen.
CAPÍTULO III. DE LOS DEBERES DE LAS PERSONAS USUARIAS.
ARTÍCULO 12.
Las usuarias del Centro estarán sujetas a los siguientes deberes:
- Abonar el importe establecido por la prestación recibida, que en su caso le
corresponda.
- Conocer y cumplir el Reglamento de Régimen Interno.
- Conocer las normas de funcionamiento interno que se dispongan, y los acuerdos e
instrucciones emanados del Órgano Directivo.
- Respetar el buen uso de las instalaciones del Centro, colaborando en su
mantenimiento.
- Mantener un comportamiento correcto en su relación con los personas usuarias y
trabajadores del Centro.
- Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo del Centro y otros lugares
relacionados con sus actividades.
- Poner en conocimiento del órgano de dirección del establecimiento las anomalías o
irregularidades que observen el mismo.
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