Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5172)
BOP-2024-5172 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
●
ARTÍCULO 67.
Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
La persona usuaria acompañará a sus visitas en todo momento.
No entorpecerá la dinámica normal del centro.
No suministrarán alimentos ni medicación no controlados por el personal sanitario del
centro.
No podrá acceder a las habitaciones salvo autorización expresa por el personal del
centro.
Respetará las instalaciones del Centro, haciéndose responsables de los posibles
desperfectos que se pudieran ocasionar.
CAPITULO IX. NORMAS DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 68.
La corriente del Centro es de 220 V. o cualquier otra que la sustituya; antes de utilizar cualquier
aparato eléctrico, deberá solicitar la ayuda del personal del Centro, para comprobar que el
voltaje es el adecuado.
ARTÍCULO 69.
La persona usuaria cuidará de que en cada momento sólo permanezcan encendidas aquellas
luces que son necesarias y colabore en apagar las que no lo son.
ARTÍCULO 70.
No se podrán utilizar braseros, hornillos, estufas, planchas, etc.
TÍTULO V DE LAS INFRACCIONES Y DE LAS SANCIONES
CAPÍTULO. I DE LAS INFRACCIONES.
ARTÍCULO 71.
La actuación anómala de las personas usuarias en el Centro o en las actividades desarrolladas
por los mismos, serán recogidas en el libro de incidencias habilitado para tal fin, donde se
recogerán diariamente por parte del personal del centro, con indicación de testigos de los
hechos, si lo hubiera.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21702
●
●
●
●
ARTÍCULO 67.
Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
La persona usuaria acompañará a sus visitas en todo momento.
No entorpecerá la dinámica normal del centro.
No suministrarán alimentos ni medicación no controlados por el personal sanitario del
centro.
No podrá acceder a las habitaciones salvo autorización expresa por el personal del
centro.
Respetará las instalaciones del Centro, haciéndose responsables de los posibles
desperfectos que se pudieran ocasionar.
CAPITULO IX. NORMAS DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 68.
La corriente del Centro es de 220 V. o cualquier otra que la sustituya; antes de utilizar cualquier
aparato eléctrico, deberá solicitar la ayuda del personal del Centro, para comprobar que el
voltaje es el adecuado.
ARTÍCULO 69.
La persona usuaria cuidará de que en cada momento sólo permanezcan encendidas aquellas
luces que son necesarias y colabore en apagar las que no lo son.
ARTÍCULO 70.
No se podrán utilizar braseros, hornillos, estufas, planchas, etc.
TÍTULO V DE LAS INFRACCIONES Y DE LAS SANCIONES
CAPÍTULO. I DE LAS INFRACCIONES.
ARTÍCULO 71.
La actuación anómala de las personas usuarias en el Centro o en las actividades desarrolladas
por los mismos, serán recogidas en el libro de incidencias habilitado para tal fin, donde se
recogerán diariamente por parte del personal del centro, con indicación de testigos de los
hechos, si lo hubiera.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21702