Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-4861)
BOP-2024-4861 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2023/24. Deporte Base.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cáceres
Concejalía de Deporte
Página 13
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
Base: 10ª.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN
El pago de la ayuda se realizará de la siguiente forma:
El primer 50% de la subvención concedida, sin necesidad de constituir fianza,
al otorgamiento de la subvención, como financiación necesaria para poder llevar a
cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
El segundo 50% restante, una vez justificado el total de gastos por importe
igual a la subvención concedida.
Base: 11ª.- JUSTIFICACIÓN
a) PLAZO
Los/as beneficiarios/as quedan obligados/as a justificar la subvención
concedida con anterioridad al 28 de febrero de 2025, debiendo presentar la
documentación exigida en el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio
Este plazo podrá ser ampliado, a petición del interesado/a, por la mitad de
dicho periodo, debidamente justificado.
b) CONTENIDO DE LA JUSTIFICACIÓN
La justificación se documentará a través de la rendición de la cuenta
justificativa en la que se deben incluir los justificantes del gasto o cualquier documento
con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la
subvención.
Esta cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las actividades
realizadas por la entidad deportiva y su coste, con desglose de cada uno de los gastos
incurridos. Estos gastos se acreditarán mediante la presentación de original o copia
compulsada de las nóminas abonadas, seguros sociales, facturas y demás
documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil
o con eficacia administrativa.
A tal efecto, la justificación se realizará mediante la presentación de los
siguientes documentos:
a) Certificado expedido por el representante legal de la entidad en el que se
haga constar que se ha ejecutado el proyecto presentado.
b) Memoria justificativa del proyecto realizado que evalúe los resultados
alcanzados y que tendrá el siguiente contenido:
1-Denominación del programa.
2-Resultados obtenidos del programa certificados y valorados.
3-Desviaciones respecto de objetivos previstos.
4-Conclusiones.
CVE:
BOP-2024-4861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de septiembre de 2024
N.º 0185
Pág. 20568
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concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
Base: 10ª.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN
El pago de la ayuda se realizará de la siguiente forma:
El primer 50% de la subvención concedida, sin necesidad de constituir fianza,
al otorgamiento de la subvención, como financiación necesaria para poder llevar a
cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
El segundo 50% restante, una vez justificado el total de gastos por importe
igual a la subvención concedida.
Base: 11ª.- JUSTIFICACIÓN
a) PLAZO
Los/as beneficiarios/as quedan obligados/as a justificar la subvención
concedida con anterioridad al 28 de febrero de 2025, debiendo presentar la
documentación exigida en el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio
Este plazo podrá ser ampliado, a petición del interesado/a, por la mitad de
dicho periodo, debidamente justificado.
b) CONTENIDO DE LA JUSTIFICACIÓN
La justificación se documentará a través de la rendición de la cuenta
justificativa en la que se deben incluir los justificantes del gasto o cualquier documento
con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la
subvención.
Esta cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las actividades
realizadas por la entidad deportiva y su coste, con desglose de cada uno de los gastos
incurridos. Estos gastos se acreditarán mediante la presentación de original o copia
compulsada de las nóminas abonadas, seguros sociales, facturas y demás
documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil
o con eficacia administrativa.
A tal efecto, la justificación se realizará mediante la presentación de los
siguientes documentos:
a) Certificado expedido por el representante legal de la entidad en el que se
haga constar que se ha ejecutado el proyecto presentado.
b) Memoria justificativa del proyecto realizado que evalúe los resultados
alcanzados y que tendrá el siguiente contenido:
1-Denominación del programa.
2-Resultados obtenidos del programa certificados y valorados.
3-Desviaciones respecto de objetivos previstos.
4-Conclusiones.
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Verificable
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N.º 0185
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