Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-4861)
BOP-2024-4861 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2023/24. Deporte Base.
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Ayuntamiento de Cáceres
Concejalía de Deporte
Página 12
2- Modalidad “B”:
Únicamente será valorada la participación en fases o competiciones
deportivas en las que se acceda como consecuencia de los resultados
obtenidos en la liga regular, y de acuerdo a los siguientes niveles:
- Primer nivel: Como resultado de competiciones donde exista la
participación en liga regular de más de 20 equipos……. 0,60 puntos por
una de las licencias que integren el equipo.
- Segundo nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular entre 15 y 20 equipos……. 0,40 puntos por
una de las licencias que integren el equipo.
- Tercer nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular entre 10 y 14 equipos………... 0,25 puntos
por una de las licencias que integren el equipo.
- Cuarto nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular menos de 10 equipos………... 0,15 puntos
por una de las licencias que integren el equipo.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva correspondiente,
en el que conste: Nombre del equipo, categoría, nombre de la competición y
fechas en las que asiste, nombre, apellidos y fecha de nacimiento de los
deportistas que lo integran, y los logros/méritos que le han dado acceso a dicha
competición desde la liga regular.
Todas las licencias serán compatibles de valoración por los criterios A, B, C y
D así como por los apartados 3 y 4 del criterio B), siempre que reúna las
condiciones establecidas en la convocatoria. En ningún caso serán compatibles
los criterios b1 y b2, y no se valorarán aquellas licencias deportivas cuyos
desplazamientos no hayan sido certificados por la federación deportiva
correspondiente, se hayan aportado sus calendarios oficiales de liga regular y
en estos consten los desplazamientos que se acreditan.
FORMULA DE CÁLCULO DE LA SUBVENCION.
€
donde:
Puntos atribuidos= Sumatorio de los puntos atribuidos a todas las entidades
solicitantes.
X Puntos obtenidos atribuidos= Sumatorio de puntos atribuidos a la entidad
solicitante de acuerdo a los criterios: A, B, C y D.
La concesión total de la subvención que se concederá a cada una de las
entidades solicitantes, además de la cuantía global en el crédito existente en la
convocatoria, tendrá en cuenta el presupuesto presentado y el importe de las
subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
CVE:
BOP-2024-4861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de septiembre de 2024
N.º 0185
Pág. 20567
Concejalía de Deporte
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2- Modalidad “B”:
Únicamente será valorada la participación en fases o competiciones
deportivas en las que se acceda como consecuencia de los resultados
obtenidos en la liga regular, y de acuerdo a los siguientes niveles:
- Primer nivel: Como resultado de competiciones donde exista la
participación en liga regular de más de 20 equipos……. 0,60 puntos por
una de las licencias que integren el equipo.
- Segundo nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular entre 15 y 20 equipos……. 0,40 puntos por
una de las licencias que integren el equipo.
- Tercer nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular entre 10 y 14 equipos………... 0,25 puntos
por una de las licencias que integren el equipo.
- Cuarto nivel: Como resultado de competiciones donde hayan
participado en liga regular menos de 10 equipos………... 0,15 puntos
por una de las licencias que integren el equipo.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva correspondiente,
en el que conste: Nombre del equipo, categoría, nombre de la competición y
fechas en las que asiste, nombre, apellidos y fecha de nacimiento de los
deportistas que lo integran, y los logros/méritos que le han dado acceso a dicha
competición desde la liga regular.
Todas las licencias serán compatibles de valoración por los criterios A, B, C y
D así como por los apartados 3 y 4 del criterio B), siempre que reúna las
condiciones establecidas en la convocatoria. En ningún caso serán compatibles
los criterios b1 y b2, y no se valorarán aquellas licencias deportivas cuyos
desplazamientos no hayan sido certificados por la federación deportiva
correspondiente, se hayan aportado sus calendarios oficiales de liga regular y
en estos consten los desplazamientos que se acreditan.
FORMULA DE CÁLCULO DE LA SUBVENCION.
€
donde:
Puntos atribuidos= Sumatorio de los puntos atribuidos a todas las entidades
solicitantes.
X Puntos obtenidos atribuidos= Sumatorio de puntos atribuidos a la entidad
solicitante de acuerdo a los criterios: A, B, C y D.
La concesión total de la subvención que se concederá a cada una de las
entidades solicitantes, además de la cuantía global en el crédito existente en la
convocatoria, tendrá en cuenta el presupuesto presentado y el importe de las
subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
CVE:
BOP-2024-4861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0185
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