Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4847)
BOP-2024-4847 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
El cumplimiento de la legalidad tanto en los procedimientos de gestión que hayan dado lugar al
reconocimiento, liquidación, modificación o extinción de derechos, como en la realización de cualquier
ingreso público.
Que el derecho económico es reconocido y liquidado por el órgano competente y de acuerdo con
las normas en cada caso aplicables.
Que el importe es el correcto, teniendo en cuenta las posibles causas de la modificación del
mismo, como los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas liquidadas o los hechos que puedan
dar lugar a la extinción del derecho.
Que los ingresos se han realizado en las cajas o cuentas corrientes de las entidades de depósito
debidamente autorizadas, dentro de los plazos legalmente establecidos y por la cuantía debida.
Que el pagador es el correcto, examinando, en su caso, los supuestos de derivación de
responsabilidad.
Que todos los derechos y /o operaciones susceptibles de ser contabilizadas lo estén en el concepto
adecuado y por el importe correcto.
b) Dicha verificación se realizará sobre una muestra representativa de los actos, documentos o
expedientes de contenido económico, origen del reconocimiento o liquidación de derechos.
Como norma general, se determinarán los expedientes que se han de examinar mediante la
aplicación de los procedimientos de muestreo o métodos de selección de muestras que se establecen a
continuación, de acuerdo con Norma Internacional de Auditoría 530, Muestreo de Auditoría, NIA-ES
530 (adaptada para su aplicación en España mediante Resolución del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, de 15 de octubre de 2013): Procedimiento de selección aleatoria.
La determinación del tamaño de la muestra o, alternativamente, de la precisión y nivel de
confianza fijados, se realizará en función de los cometidos y carga de trabajo de la Intervención de que
se trate y de los medios personales y materiales disponibles. Igualmente, y con independencia del
muestreo practicado, se podrá realizar el examen de expedientes determinados por razón de sus
especiales características, tramitación o cuantía.
c) De las comprobaciones efectuadas con posterioridad el órgano interventor deberá emitir
informe escrito en el que hará constar cuantas observaciones y conclusiones se deduzcan de las mismas.
5. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, la sustitución de la fiscalización
previa de los derechos e ingresos de la Tesorería por el control inherente a la toma de razón en
contabilidad y el control posterior no alcanzará a la fiscalización de:
a) Los actos de ordenación y pago material derivados de devoluciones de ingresos indebidos.
Consecuentemente, en estos supuestos, la función interventora en materia de devolución de
ingresos indebidos solo alcanza a la fase de pago de dicho procedimiento, la ordenación del pago y pago
material, que se fiscalizarán conforme a lo que se establece en el presente Reglamento respecto del
ejercicio de la función interventora sobre los gastos y pagos; no estando sujeto al ejercicio de dicha
función el acto del reconocimiento del derecho a la devolución. Excepción hecha de los actos de
ordenación y pago material derivados de ingresos indebidos realizados por el Organismo Autónomo de
Recaudación Tributaria de Cáceres por tener delegada esa competencia.
b) Los actos de aprobación de padrones, matrículas y listas cobratorias (no así los ingresos de
contraído previo por recibo derivados de la gestión cobratoria de los mismos).
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20452