Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4847)
BOP-2024-4847 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
3. No obstante, será aplicable el régimen general de fiscalización e intervención previa respecto
de aquellos tipos de gasto y obligaciones para los que no se haya acordado el régimen de requisitos
básicos a efectos de fiscalización e intervención limitada previa, así como para los gastos de cuantía
indeterminada.
4. Las obligaciones o gastos sometidos a la fiscalización e intervención limitada previa serán
objeto de otra plena con posterioridad, en el marco de las actuaciones del control financiero que se
planifiquen en los términos recogidos en el título III de este Reglamento.
ARTÍCULO 15.- Gastos de Personal
Además de los aspectos generales recogidos en el artículo 14.2, se comprobarán los
siguientes extremos/o documentos adicionales:
1. En las propuestas de aprobación de una convocatoria para pruebas de
plazas y/o lugares vacantes:
Informe acreditativo, expedido por el Departamento de Personal, si lo
hubiere, de las plazas de la plantilla y/o de los puestos de trabajo del catálogo
aprobado por el Pleno a los que corresponde la propuesta. Se tendrá que indicar la
situación en que se encuentra la plaza y/o puesto de trabajo y detallar las
retribuciones correspondientes al, grupo y subgrupo y en el complemento de
destino y complemento específico asignados por el Pleno.
Informe emitido por órgano competente, sobre el cumplimiento de las
limitaciones de la tasa de reposición de efectivos que sea vigente, con detalle del
saldo de la reposición de efectivos al que se llegaría con la aprobación de la
propuesta.
En todos los casos que el compromiso de gasto supere el propio ejercicio
presupuestario, hará falta informe sobre la proyección del gasto en relación al
cumplimiento de los límites de crecimiento.
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, sobre la adecuación de
los requisitos de titulación en relación a las características de la plaza y/o el puesto
de trabajo.
2. En las propuestas de nombramiento de funcionarios, nombramiento de
personal eventual, contratación de personal laboral o incorporación de funcionarios
en comisión de servicios:
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, sobre la adecuación
del contrato o nombramiento, a la normativa vigente, especificando el precepto
aplicable y la modalidad específica.
Cuando la propuesta de contratación o nombramiento no corresponda a la
resolución de una convocatoria específica previa, hará falta que se incorporen los
requisitos detallados en el punto 1 y se informe sobre la adecuación de las
retribuciones al Convenio o Acuerdo vigente.
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, de que la persona que
se propone acredita estar en posesión de la titulación y de las condiciones
específicas exigibles por el puesto de trabajo.
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20457
3. No obstante, será aplicable el régimen general de fiscalización e intervención previa respecto
de aquellos tipos de gasto y obligaciones para los que no se haya acordado el régimen de requisitos
básicos a efectos de fiscalización e intervención limitada previa, así como para los gastos de cuantía
indeterminada.
4. Las obligaciones o gastos sometidos a la fiscalización e intervención limitada previa serán
objeto de otra plena con posterioridad, en el marco de las actuaciones del control financiero que se
planifiquen en los términos recogidos en el título III de este Reglamento.
ARTÍCULO 15.- Gastos de Personal
Además de los aspectos generales recogidos en el artículo 14.2, se comprobarán los
siguientes extremos/o documentos adicionales:
1. En las propuestas de aprobación de una convocatoria para pruebas de
plazas y/o lugares vacantes:
Informe acreditativo, expedido por el Departamento de Personal, si lo
hubiere, de las plazas de la plantilla y/o de los puestos de trabajo del catálogo
aprobado por el Pleno a los que corresponde la propuesta. Se tendrá que indicar la
situación en que se encuentra la plaza y/o puesto de trabajo y detallar las
retribuciones correspondientes al, grupo y subgrupo y en el complemento de
destino y complemento específico asignados por el Pleno.
Informe emitido por órgano competente, sobre el cumplimiento de las
limitaciones de la tasa de reposición de efectivos que sea vigente, con detalle del
saldo de la reposición de efectivos al que se llegaría con la aprobación de la
propuesta.
En todos los casos que el compromiso de gasto supere el propio ejercicio
presupuestario, hará falta informe sobre la proyección del gasto en relación al
cumplimiento de los límites de crecimiento.
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, sobre la adecuación de
los requisitos de titulación en relación a las características de la plaza y/o el puesto
de trabajo.
2. En las propuestas de nombramiento de funcionarios, nombramiento de
personal eventual, contratación de personal laboral o incorporación de funcionarios
en comisión de servicios:
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, sobre la adecuación
del contrato o nombramiento, a la normativa vigente, especificando el precepto
aplicable y la modalidad específica.
Cuando la propuesta de contratación o nombramiento no corresponda a la
resolución de una convocatoria específica previa, hará falta que se incorporen los
requisitos detallados en el punto 1 y se informe sobre la adecuación de las
retribuciones al Convenio o Acuerdo vigente.
Informe del Departamento de Personal, si lo hubiere, de que la persona que
se propone acredita estar en posesión de la titulación y de las condiciones
específicas exigibles por el puesto de trabajo.
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
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