Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4820)
BOP-2024-4820 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Monitores/as - Formadores/as de la Escuela de Música.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
6
La situación de desempleo se podrá acreditar, entre otros, adjuntando a la instancia informe o
certificado del SEXPE y en todo caso deberán presentar vida laboral actualizada.
Listado de personas admitidas y excluidas.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo
máximo de 1 mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas aspirantes
admitidas y excluidas, que contendrá la relación alfabética de las personas aspirantes admitidas y
excluidas, así como las causas de exclusión y que se hará pública en el tablón de anuncios de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Moraleja, https.//moraleja.sedelectronica.es y en la página web
www.moraleja.es, como en el Tablón de Anuncios.
Para ser admitida/o, se deberá haber presentado junto con la instancia de participación toda la
documentación preceptiva indicada en la base tercera. Son causas de exclusión la falta de la
documentación justificativa en vigor de la identidad del/la aspirante, de la titulación académica, del
pago de la tasa por derechos de examen o bien de la documentación acreditativa de su exención o no
firmar el Anexo I (Solicitud de participación). Sin perjuicio de cualquier otra que se pueda derivar de la
concurrencia al proceso selectivo que determine el no cumplimiento de los requisitos exigidos.
En la resolución se hará constar que las personas aspirantes cuentan con un plazo de 10 días
hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Moraleja https.//moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y
como en el Tablón de Anuncios, para la subsanación de aquellos defectos que hayan motivado su
exclusión y que sean subsanables o su omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as.
Asimismo, aquellas/os aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos
personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión
o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de aspirantes
admitidas/os, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En caso de
reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva,
que será hecha pública en la forma que se indica a continuación.
Terminado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el tablón de
anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moraleja https.//moraleja.sedelectronica.es, en la
página web www.moraleja.es y como en el Tablón de Anuncios, resolución aprobatoria de las listas
definitivas de aspirantes, incluyendo en su caso a las/os excluidas/os que hayan subsanado errores u
omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora de la celebración del proceso
selectivo, así como la composición del Tribunal Calificador.
En el caso de que no fuera necesario subsanar deficiencias en las solicitudes presentadas por las
personas aspirantes, se procederá directamente a dictar Resolución de la Alcaldía aprobando la lista
definitiva de admitidas/os y excluidas/os, que se publicará de la misma forma indicada anteriormente.
En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora de la celebración del proceso selectivo, así
como la composición del Tribunal Calificador.
El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a los/las
interesados/as la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando del
examen de la documentación que deba presentarse en caso de ser llamado, como integrante de la bolsa
de trabajo, para formalizar un contrato laboral, se desprenda que no se está en posesión de alguno de los
requisitos, el/la interesado/a decaerá en todos los derechos que pudiera derivarse de su participación en
el procedimiento.
CVE:
BOP-2024-4820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de septiembre de 2024
N.º 0182
Pág. 20303