Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4820)
BOP-2024-4820 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Monitores/as - Formadores/as de la Escuela de Música.
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A estos efectos se valorarán por igual los cursos de formación de asistencia y de
aprovechamiento recibidos.
3. Titulación académica superior a la requerida (10 puntos máximo)
a) Titulación de grado universitario o equivalente (Nivel MECES 2): 5 puntos
b) Titulación de máster universitario y/o doctorado o equivalente (Niveles MECES 3 y 4): 4
puntos.
c) Por estar en posesión de un título académico del mismo nivel que el exigido para el acceso a
la plaza (distinto al acreditado como requisito), siempre que sean titulaciones adecuadas al
ámbito funcional de los puestos asociados a la plaza convocada: 2 puntos.
Las titulaciones no restan entre sí.
Se adjuntará copia de todos los méritos alegados para el concurso, tales como Diplomas o
certificaciones de cursos de formación y acciones formativas, contratos de trabajo, certificados de
empresa o certificación expedida por la persona responsable de la unidad administrativa de la
Administración Pública en la que hubiera prestado sus servicios, así como informe de vida laboral
actualizado a fecha de la convocatoria. En todo caso deberá quedar perfectamente acreditado tanto la
categoría laboral como el tiempo de trabajo, no valorándose en caso contrario.
Sexta.- Calificación del proceso selectivo y desempates
Una vez valorados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará
públicas en tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moraleja
https.//moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y como en el Tablón de Anuncios
las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes, como consecuencia de sumar los
resultados obtenidos en el apartado de servicios prestados y en el apartado de otros méritos, en la forma
prevista legalmente para la protección de datos de carácter personal, disponiendo las/os interesadas/os
de un plazo de 2 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Si no se presentaran reclamaciones en el plazo establecido o, en su caso, una vez resueltas por el
Tribunal Calificador las reclamaciones presentadas, se publicará el listado definitivo de las puntuaciones
obtenidas en la forma indicada anteriormente.
En caso de empate, el orden de prelación en el proceso y, consiguientemente, en la bolsa de
trabajo se establecerá aplicando, sucesivamente y en el mismo orden en el que se enumeran a
continuación, los siguientes criterios de desempate:
- Primero: aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación por los servicios prestados.
- Segundo: aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación por formación continua.
- Tercero: aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación por titulación superior a la
requerida.
De persistir el empate se resolverá por sorteo.
El Tribunal Calificador, a la vista del resultado del proceso selectivo, efectuará propuesta de
resolución, incluyendo la relación ordenada de mayor a menor puntuación de aspirantes seleccionados
para formar parte de la bolsa de trabajo, para su posterior elevación al Sr. Alcalde-Presidente para que
resuelva.
Séptima.- Finalización del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2024-4820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de septiembre de 2024
N.º 0182
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