Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4819)
BOP-2024-4819 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante.
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Ayuntamiento de Montehermoso
c) La modalidad de comercio ambulante autorizada.
d) La indicación precisa del lugar, fecha y horario en que se va a ejercer la actividad.
e) El tamaño, ubicación y estructura de los puestos donde se va a realizar la actividad
comercial.
f) Mención de los artículos que pretende vender conforme al epígrafe que aparece dado de alta
en el Impuesto de Actividades Económicas.
g) En la modalidad de comercio itinerante, el medio transportable o móvil en el que se ejerce
la actividad y los itinerarios permitidos.
3. Junto con la solicitud, el peticionario deberá presentar dos fotografías de tamaño carné y aportar:
a) Documentos acreditativos de la identidad del/a solicitante o del/a representante legal de la
persona jurídica. (Fotocopia DNI)
b) Acreditación de estar al corriente con Seguridad Social. No será necesario aportarla si en
la documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a solicitar a la Seguridad
Social dicha información con finalidades no tributarias.
c) En su caso, acreditación del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de
Actividades Económicas y de encontrarse al corriente de pago de dicho impuesto. No será
necesario aportarla si en la documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a
solicitar a la Agencia Tributaria dicha información con finalidades no tributarias
d) Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias con el Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y con el Ayuntamiento de Montehermoso. No será necesario aportarla si en la
documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a solicitar de la Agencia
Tributaria, Junta de Extremadura y al propio Ayuntamiento dicha información con
finalidades no tributarias.
e)Fotocopia del Carné de Manipulador/a de Alimentos, en el caso de venta de productos
alimenticios.
f) Declaración jurada de no haber sido sancionado/a por comisión de falta muy grave en el
ejercicio de su actividad de venta ambulante en los dos años anteriores a la fecha de la
solicitud.
g)Declaración responsable de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra
cualquier clase de riesgo derivado del ejercicio de su actividad comercial.
4. El Ayuntamiento entregará a la persona que haya autorizado para el ejercicio de la venta
ambulante dentro del término municipal, una tarjeta identificativa que contendrá los datos
esenciales de la autorización y que estará expuesta en un lugar visible y a disposición de la clientela.
Deberá figurar en la misma la dirección donde se atenderán, en su caso, las reclamaciones de las
personas consumidoras. Dicha dirección deberá figurar igualmente, en todo caso, en la factura o
comprobante de la venta.
5. La autorización será otorgada a título personal, por plazo inicial de siete años. Debiendo ejercer
la actividad comercial la persona titular de la misma. En el caso de que la titular sea persona
jurídica, la actividad comercial se desempeñará por las personas físicas que haya indicado el o la
representante legal de la misma como titular y suplente, los/as cuales, constarán, obligatoriamente,
en la correspondiente autorización municipal, debiéndose cumplir la normativa laboral y mercantil
Ayuntamiento de Montehermoso Pág.8 de 18
Cód.
Validación:
6L4JPFY5MNYXHA4KT6RH4Z6N4
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
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c) La modalidad de comercio ambulante autorizada.
d) La indicación precisa del lugar, fecha y horario en que se va a ejercer la actividad.
e) El tamaño, ubicación y estructura de los puestos donde se va a realizar la actividad
comercial.
f) Mención de los artículos que pretende vender conforme al epígrafe que aparece dado de alta
en el Impuesto de Actividades Económicas.
g) En la modalidad de comercio itinerante, el medio transportable o móvil en el que se ejerce
la actividad y los itinerarios permitidos.
3. Junto con la solicitud, el peticionario deberá presentar dos fotografías de tamaño carné y aportar:
a) Documentos acreditativos de la identidad del/a solicitante o del/a representante legal de la
persona jurídica. (Fotocopia DNI)
b) Acreditación de estar al corriente con Seguridad Social. No será necesario aportarla si en
la documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a solicitar a la Seguridad
Social dicha información con finalidades no tributarias.
c) En su caso, acreditación del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de
Actividades Económicas y de encontrarse al corriente de pago de dicho impuesto. No será
necesario aportarla si en la documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a
solicitar a la Agencia Tributaria dicha información con finalidades no tributarias
d) Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias con el Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y con el Ayuntamiento de Montehermoso. No será necesario aportarla si en la
documentación entregada se ha autorizado al Ayuntamiento a solicitar de la Agencia
Tributaria, Junta de Extremadura y al propio Ayuntamiento dicha información con
finalidades no tributarias.
e)Fotocopia del Carné de Manipulador/a de Alimentos, en el caso de venta de productos
alimenticios.
f) Declaración jurada de no haber sido sancionado/a por comisión de falta muy grave en el
ejercicio de su actividad de venta ambulante en los dos años anteriores a la fecha de la
solicitud.
g)Declaración responsable de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra
cualquier clase de riesgo derivado del ejercicio de su actividad comercial.
4. El Ayuntamiento entregará a la persona que haya autorizado para el ejercicio de la venta
ambulante dentro del término municipal, una tarjeta identificativa que contendrá los datos
esenciales de la autorización y que estará expuesta en un lugar visible y a disposición de la clientela.
Deberá figurar en la misma la dirección donde se atenderán, en su caso, las reclamaciones de las
personas consumidoras. Dicha dirección deberá figurar igualmente, en todo caso, en la factura o
comprobante de la venta.
5. La autorización será otorgada a título personal, por plazo inicial de siete años. Debiendo ejercer
la actividad comercial la persona titular de la misma. En el caso de que la titular sea persona
jurídica, la actividad comercial se desempeñará por las personas físicas que haya indicado el o la
representante legal de la misma como titular y suplente, los/as cuales, constarán, obligatoriamente,
en la correspondiente autorización municipal, debiéndose cumplir la normativa laboral y mercantil
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