Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2024-4814)
BOP-2024-4814 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora núm. 3 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERA DE ALCÁNTARA
Calle Santo Domingo, 17 Código Postal: 10512 Herrera de Alcántara – Cáceres
Teléfono: 927 591006 – 927 14 33 92
E- mail: herreradealcantara@mancomunidadsierrasanpedro.com
presente Impuesto, los sujetos pasivos presentarán ante la Administración
municipal y con carácter previo a su matriculación en la Jefatura Provincial de
Tráfico autoliquidación a cuyo efecto se cumplimentará el impreso aprobado por
este Ayuntamiento haciendo constar los elementos tributarios determinantes de la
cuota a ingresar.
Se acompañará:
Documentación acreditativa de la compra o modificación del vehículo.
Certificado de Características Técnicas.
DNI del sujeto pasivo.
La liquidación se podrá presentar por el interesado o por su representante.
Simultáneamente a la presentación de la autoliquidación, el sujeto pasivo
ingresará el importe de la cuota del Impuesto resultante de la misma.
Esta autoliquidación tendrá la consideración de liquidación provisional, en
tanto que por la Administración municipal no se compruebe que la misma se ha
efectuado mediante la correcta aplicación de las normas reguladoras del Impuesto.
La oficina gestora, tras verificar que el pago se ha hecho en la cuantía
correcta, dejará constancia de la verificación en el impreso de declaración.
3. En los supuestos de vehículos ya matriculados o declarados aptos para
circular, el Impuesto se gestiona a partir del Padrón anual del mismo.
Las modificaciones del Padrón se fundamentarán en los datos del Registro
de Tráfico y en las Comunicaciones de la Jefatura de Tráfico relativas a altas, bajas,
transferencias, reformas de los vehículos, siempre que se altere su clasificación a
efectos de este Impuesto, y cambios de domicilio.
El Padrón del Impuesto se expondrá al público por un plazo de un mes para
que los interesados puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones
oportunas. La exposición al público del Padrón se anunciará en el Boletín Oficial de
la Provincia y producirá los efectos de notificación de la liquidación a cada uno de
los sujetos pasivos.
Cód.
Validación:
9LFLWXD39QKQN5NWNGFH99NSR
Verificación:
https://herreradealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
de
13
CVE:
BOP-2024-4814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de septiembre de 2024
N.º 0182
Pág. 20255
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presente Impuesto, los sujetos pasivos presentarán ante la Administración
municipal y con carácter previo a su matriculación en la Jefatura Provincial de
Tráfico autoliquidación a cuyo efecto se cumplimentará el impreso aprobado por
este Ayuntamiento haciendo constar los elementos tributarios determinantes de la
cuota a ingresar.
Se acompañará:
Documentación acreditativa de la compra o modificación del vehículo.
Certificado de Características Técnicas.
DNI del sujeto pasivo.
La liquidación se podrá presentar por el interesado o por su representante.
Simultáneamente a la presentación de la autoliquidación, el sujeto pasivo
ingresará el importe de la cuota del Impuesto resultante de la misma.
Esta autoliquidación tendrá la consideración de liquidación provisional, en
tanto que por la Administración municipal no se compruebe que la misma se ha
efectuado mediante la correcta aplicación de las normas reguladoras del Impuesto.
La oficina gestora, tras verificar que el pago se ha hecho en la cuantía
correcta, dejará constancia de la verificación en el impreso de declaración.
3. En los supuestos de vehículos ya matriculados o declarados aptos para
circular, el Impuesto se gestiona a partir del Padrón anual del mismo.
Las modificaciones del Padrón se fundamentarán en los datos del Registro
de Tráfico y en las Comunicaciones de la Jefatura de Tráfico relativas a altas, bajas,
transferencias, reformas de los vehículos, siempre que se altere su clasificación a
efectos de este Impuesto, y cambios de domicilio.
El Padrón del Impuesto se expondrá al público por un plazo de un mes para
que los interesados puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones
oportunas. La exposición al público del Padrón se anunciará en el Boletín Oficial de
la Provincia y producirá los efectos de notificación de la liquidación a cada uno de
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