Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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con aspectos concretos de la conducta, el comportamiento o las relaciones de la persona (o una
repercusión en dichos aspectos).
Conflicto de intereses potencial: surge cuando un empleado público o beneficiario
tiene intereses privados de tal naturaleza, que podrían ser susceptibles de ocasionar un conflicto
de intereses en el caso de que tuvieran que asumir en un futuro determinadas responsabilidades
oficiales.
Conflicto de intereses real: implica un conflicto entre el deber público y los intereses
privados de un empleado público o en el que el empleado público tiene intereses personales que
pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales.
En el caso de un beneficiario implicaría un conflicto entre las obligaciones contraídas al solicitar
la ayuda de los fondos y sus intereses privados que pueden influir de manera indebida en el
desempeño de las citadas obligaciones.
Posibles actores implicados en el Conflicto de intereses:
— Los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago y otros
agentes en los que se han delegado alguna/s de esta/s función/es.
— Aquellos beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas
actuaciones sean financiadas con fondos, que puedan actuar en favor de sus propios intereses,
pero en contra de los intereses financieros de la UE, en el marco de un conflicto de intereses.
En concreto y en cuanto al análisis del riesgo de conflicto de intereses, se considerarán
actores, recibiendo la denominación de decisores de la operación, las personas que realicen las
siguientes funciones o asimilables en los procedimientos de adjudicación de los contratos y de
concesión de subvenciones:
a) Contratos: órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano de contratación
colegiado y miembros del órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación que
participen en los procedimientos de contratación en las fases de valoración de ofertas, propuesta
de adjudicación y adjudicación del contrato.
b) Subvenciones: órgano competente para la concesión y miembros de los órganos
colegiados de valoración de solicitudes, en las fases de valoración de solicitudes y resolución de
concesión.
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
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