Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2024-4752)
BOP-2024-4752 Aprobación definitiva Programa municipal de gestión de colonias felinas.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
ARTÍCULO 7. Mantenimiento y limpieza del entorno
Se mantendrá la correcta limpieza de las zonas de alimentación, eliminación y refugio.
Las zonas de alimentación deben mantenerse limpias, sin restos de comida, basuras u
otros. Los recipientes donde se dispensa comida y agua deben ser lavados y desinfectados, y ser
sustituidos convenientemente cuando su estado de conservación así lo aconseje.
Las zonas habilitadas para el uso como refugio contra las inclemencias del tiempo por los
animales deberán estar construidos con materiales que faciliten la limpieza y la desinfección de forma
segura y eficaz, y ser sustituidos cuando su estado impida el desempeño para el que fueron destinados.
Para las necesidades de eliminación se colocarán, si resultase necesario, bandejas de
arena, en zonas alejadas del paso de viandantes y de las zonas de alimentación. Estas áreas serán
limpiadas diariamente.
ARTÍCULO 8. Personas cuidadoras de las colonias felinas
Tendrán la consideración de personas cuidadoras de colonias felinas las personas, colectivos o
asociaciones que, de acuerdo con los términos que se describan, se comprometa a ocuparse del
cuidado y atención de los animales.
El artículo 3.p) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la persona cuidadora de colonia felina como aquella que, debidamente
autorizada, atiende a los gatos pertenecientes a una colonia, siguiendo un método de gestión de
colonias felinas, sin que pueda considerarse persona titular o responsable de los gatos de la misma.
Las personas cuidadoras recibirán formación sobre el control, la gestión y el seguimiento
de colonias felinas por parte del personal competente.
A las personas cuidadoras de colonias felinas se les asignará una colonia y sus funciones
serán las siguientes:
— Captura de los animales para su registro y esterilización.
— Suelta de los mismos, una vez registrados y esterilizados.
— Suministro controlado de alimento adecuado y de agua limpia y fresca a los gatos de la
colonia.
— Limpieza periódica de las zonas destinadas a la alimentación y a las deposiciones.
— Información al Ayuntamiento sobre cualquier problema o incidencia en la colonia.
Cód.
Validación:
75SM7W32DLA54H3NKXKC7H34R
Verificación:
https://talavan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
7
de
11
CVE:
BOP-2024-4752
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de septiembre de 2024
N.º 0178
Pág. 19914
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
ARTÍCULO 7. Mantenimiento y limpieza del entorno
Se mantendrá la correcta limpieza de las zonas de alimentación, eliminación y refugio.
Las zonas de alimentación deben mantenerse limpias, sin restos de comida, basuras u
otros. Los recipientes donde se dispensa comida y agua deben ser lavados y desinfectados, y ser
sustituidos convenientemente cuando su estado de conservación así lo aconseje.
Las zonas habilitadas para el uso como refugio contra las inclemencias del tiempo por los
animales deberán estar construidos con materiales que faciliten la limpieza y la desinfección de forma
segura y eficaz, y ser sustituidos cuando su estado impida el desempeño para el que fueron destinados.
Para las necesidades de eliminación se colocarán, si resultase necesario, bandejas de
arena, en zonas alejadas del paso de viandantes y de las zonas de alimentación. Estas áreas serán
limpiadas diariamente.
ARTÍCULO 8. Personas cuidadoras de las colonias felinas
Tendrán la consideración de personas cuidadoras de colonias felinas las personas, colectivos o
asociaciones que, de acuerdo con los términos que se describan, se comprometa a ocuparse del
cuidado y atención de los animales.
El artículo 3.p) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la persona cuidadora de colonia felina como aquella que, debidamente
autorizada, atiende a los gatos pertenecientes a una colonia, siguiendo un método de gestión de
colonias felinas, sin que pueda considerarse persona titular o responsable de los gatos de la misma.
Las personas cuidadoras recibirán formación sobre el control, la gestión y el seguimiento
de colonias felinas por parte del personal competente.
A las personas cuidadoras de colonias felinas se les asignará una colonia y sus funciones
serán las siguientes:
— Captura de los animales para su registro y esterilización.
— Suelta de los mismos, una vez registrados y esterilizados.
— Suministro controlado de alimento adecuado y de agua limpia y fresca a los gatos de la
colonia.
— Limpieza periódica de las zonas destinadas a la alimentación y a las deposiciones.
— Información al Ayuntamiento sobre cualquier problema o incidencia en la colonia.
Cód.
Validación:
75SM7W32DLA54H3NKXKC7H34R
Verificación:
https://talavan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
7
de
11
CVE:
BOP-2024-4752
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de septiembre de 2024
N.º 0178
Pág. 19914