Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2024-4723)
BOP-2024-4723 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "Ateneo".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El de las sanciones, desde la firmeza de la resolución sancionadora.
CAPÍTULO V. “PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.”
Artículo 8. Procedimiento.
8.1) Faltas Leves.
La imposición de sanciones por faltas leves no precisa de instrucción previa de expediente,
correspondiente a la dirección del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE
EMPLEO, CASA DE OFICIO O SIMILARES), a propuesta de ésta o del equipo técnico y con
audiencia, en todo caso, del/a trabajador/a.
8.2) Faltas Graves.
La instrucción del expediente se tramitará por el Ayuntamiento, incoándose a propuesta escrita
de la dirección del centro o de su equipo técnico. La sanción será impuesta por el órgano
competente que es el/a representante de la entidad promotora (Alcalde/sa) o Concejal/a
Delegado/a, siguiendo el procedimiento dispuesto en la normativa aplicable y con audiencia
al/a presunto/a infractor/a.
8.3) Faltas Muy Graves.
Se seguirá el procedimiento dispuesto en la normativa aplicable, incoándose a propuesta de la
dirección del centro o su equipo directivo, y se tramitará por el Ayuntamiento, con audiencia
al/a presunto/a infractor/a. La potestad sancionadora corresponderá al/a Alcalde/sa o
Concejal/a Delegado/a.
Artículo 9.
Régimen del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE EMPLEO, CASA DE
OFICIO O SIMILARES). Todo alumno/a que rompa, dañe o pierda una herramienta, maquinaria
o cualquier otro elemento del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE
EMPLEO, CASA DE OFICIO O SIMILARES) pagará dicha herramienta u objeto.
Ante la duda o desconocimiento del/a autor/a del daño será el total de alumnos/as
trabajadores/as de la especialidad correspondiente los que abone el importe del bien dañado o
roto.
Se establece la prohibición de fumar en los lugares de trabajo (aulas, talleres y obras). Con
esta media se respeta el derecho de los/as no fumadores/as a preservar su salud.
CVE:
BOP-2024-4723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
Pág. 19790
CAPÍTULO V. “PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.”
Artículo 8. Procedimiento.
8.1) Faltas Leves.
La imposición de sanciones por faltas leves no precisa de instrucción previa de expediente,
correspondiente a la dirección del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE
EMPLEO, CASA DE OFICIO O SIMILARES), a propuesta de ésta o del equipo técnico y con
audiencia, en todo caso, del/a trabajador/a.
8.2) Faltas Graves.
La instrucción del expediente se tramitará por el Ayuntamiento, incoándose a propuesta escrita
de la dirección del centro o de su equipo técnico. La sanción será impuesta por el órgano
competente que es el/a representante de la entidad promotora (Alcalde/sa) o Concejal/a
Delegado/a, siguiendo el procedimiento dispuesto en la normativa aplicable y con audiencia
al/a presunto/a infractor/a.
8.3) Faltas Muy Graves.
Se seguirá el procedimiento dispuesto en la normativa aplicable, incoándose a propuesta de la
dirección del centro o su equipo directivo, y se tramitará por el Ayuntamiento, con audiencia
al/a presunto/a infractor/a. La potestad sancionadora corresponderá al/a Alcalde/sa o
Concejal/a Delegado/a.
Artículo 9.
Régimen del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE EMPLEO, CASA DE
OFICIO O SIMILARES). Todo alumno/a que rompa, dañe o pierda una herramienta, maquinaria
o cualquier otro elemento del P.F.P.D. para el Empleo (@APRENDIZEXT, TALLERES DE
EMPLEO, CASA DE OFICIO O SIMILARES) pagará dicha herramienta u objeto.
Ante la duda o desconocimiento del/a autor/a del daño será el total de alumnos/as
trabajadores/as de la especialidad correspondiente los que abone el importe del bien dañado o
roto.
Se establece la prohibición de fumar en los lugares de trabajo (aulas, talleres y obras). Con
esta media se respeta el derecho de los/as no fumadores/as a preservar su salud.
CVE:
BOP-2024-4723
Verificable
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Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
Pág. 19790