Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2024-4723)
BOP-2024-4723 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "Ateneo".
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Artículo 12. Permisos y licencias laborales.
12.1) Permisos y licencias.
a) Consulta médica: los/as trabajadores/as tendrán derecho a acudir a vista del/a
médico/a de cabecera o del/a médico/a especialista de la Seguridad Social
exclusivamente, ausencia que se justificará mediante justificante expedido, firmado y
sellado por el/a médico/a correspondiente, en el figurarán las horas de ausencia.
b) Se disfrutará de 6 días de asuntos propios, o lo dispuesto para cada anualidad por la
legislación, Resoluciones o Instrucciones aplicables.
c) Matrimonio: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al del matrimonio.
d) Nacimiento de Hijos/as: 2 días en el caso de tener que realizar desplazamientos de su
domicilio, el plazo será de 4 días.
e) La enfermedad grave, accidente, hospitalización o el fallecimiento de parientes hasta
el segundo grado de consanguinidad o afinidad proporciona al/a trabajador/a el derecho
a ausentarse del trabajo durante 2 días. Cuando se necesite hacer un desplazamiento al
efecto, el plazo será de 4 días. Los/as parientes comprendidos/as en este supuesto son
tanto los/as del/a propio/a trabajador/a (por consanguinidad) como los/as del cónyuge
(por afinidad). Se consideran parientes de primer grado: padres/madres e hijos/as, y de
segundo grado: nietos/as, abuelos/as y hermanos/as.
f) Traslado del domicilio: 1 día de permiso retribuido.
g) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
h) Renovación del DNI o carnet de conducir: el tiempo necesario que ha de figurar en los
justificantes de ausencia firmados por los/as funcionarios/as de la oficina a la que se
acude. Se especificará hora de llegada y salida.
i) Ejercicio de derecho al voto-sufragio activo si este se produce en un día laborable.
j) Los/as presidentes/as, vocales de las mesas electorales y los/as interventores/as de
las candidaturas tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el
día de la votación, si es laborable y a una reducción de jornada de cinco horas,
igualmente retribuidas, al día siguiente.
k) Los/as apoderados/as de los/as representantes de las candidaturas: tienen derecho a
CVE:
BOP-2024-4723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
Pág. 19792
12.1) Permisos y licencias.
a) Consulta médica: los/as trabajadores/as tendrán derecho a acudir a vista del/a
médico/a de cabecera o del/a médico/a especialista de la Seguridad Social
exclusivamente, ausencia que se justificará mediante justificante expedido, firmado y
sellado por el/a médico/a correspondiente, en el figurarán las horas de ausencia.
b) Se disfrutará de 6 días de asuntos propios, o lo dispuesto para cada anualidad por la
legislación, Resoluciones o Instrucciones aplicables.
c) Matrimonio: 15 días naturales, a contar desde el día siguiente al del matrimonio.
d) Nacimiento de Hijos/as: 2 días en el caso de tener que realizar desplazamientos de su
domicilio, el plazo será de 4 días.
e) La enfermedad grave, accidente, hospitalización o el fallecimiento de parientes hasta
el segundo grado de consanguinidad o afinidad proporciona al/a trabajador/a el derecho
a ausentarse del trabajo durante 2 días. Cuando se necesite hacer un desplazamiento al
efecto, el plazo será de 4 días. Los/as parientes comprendidos/as en este supuesto son
tanto los/as del/a propio/a trabajador/a (por consanguinidad) como los/as del cónyuge
(por afinidad). Se consideran parientes de primer grado: padres/madres e hijos/as, y de
segundo grado: nietos/as, abuelos/as y hermanos/as.
f) Traslado del domicilio: 1 día de permiso retribuido.
g) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
h) Renovación del DNI o carnet de conducir: el tiempo necesario que ha de figurar en los
justificantes de ausencia firmados por los/as funcionarios/as de la oficina a la que se
acude. Se especificará hora de llegada y salida.
i) Ejercicio de derecho al voto-sufragio activo si este se produce en un día laborable.
j) Los/as presidentes/as, vocales de las mesas electorales y los/as interventores/as de
las candidaturas tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el
día de la votación, si es laborable y a una reducción de jornada de cinco horas,
igualmente retribuidas, al día siguiente.
k) Los/as apoderados/as de los/as representantes de las candidaturas: tienen derecho a
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
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