Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-4719)
BOP-2024-4719 Aprobación definitiva, Ordenanza limpieza viaria.
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No se permite tirar agua sucia o producir derramamientos o goteos sobre la vía pública.
Se prohíbe depositar cualquier tipo de explosivo pirotécnico en las papeleras y contenedores.
Asimismo, queda prohibido echar cigarros o similares u otras materias encendidas en los
contenedores. En todo caso deberán depositarse una vez apagados.
Queda prohibido realizar necesidades fisiológicas en espacios públicos.
Artículo 6. Residuos Domiciliarios.
Se prohíbe depositar las basuras procedentes de actividades domésticas en la vía pública,
papeleras o contenedores para escombros de obras. En todo caso, deberán depositarse en los
contenedores colectivos instalados a tal efecto, en bolsas completamente cerradas. El reciclaje
de plásticos y cartones, debe hacerse adecuadamente, en el contenedor específico, rompiendo
y doblando las cajas de cartón, y depositándolas dentro del contenedor. No dejándolas nunca
fuera.
Los Servicios de Limpieza Municipales (o delegados) vaciarán los contenedores
periódicamente.
Con respecto a lo residuos voluminoso, se establece su recogida los días 8 y 25 de cada mes,
debiendo depositarse al lado del contenedor mas cercano la noche antes del día establecido
para su recogida. Depositar dichos residuos voluminosos en cualquier otro momento será
objeto de infracción.
Asimismo, queda prohibido manipular y esparcir los residuos depositados en los contenedores
instalados por el Ayuntamiento, para la recogida de basura domiciliaria.
CAPÍTULO II. CIRCULACIÓN DE ANIMALES EN LA VÍA PÚBLICA.
Artículo 7. Animales de Compañía.
Se considerará animal de compañía los perros, gatos y demás animales que se críen y
reproduzcan con la finalidad de vivir con las personas, generalmente en su hogar, siendo
mantenidos por estas para su compañía.
Artículo 8. Responsables.
Los propietarios son directamente responsables de los daños o afecciones a personas o cosas
y de cualquier acción que ocasione suciedad en la vía pública por los animales de su
pertenencia.
CVE:
BOP-2024-3681
Verificable
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Viernes, 5 de julio de 2024
N.º 0128
Pág. 15516
CVE:
BOP-2024-4719
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Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
Pág. 19746