Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-4716)
BOP-2024-4716 Bases de la Convocatoria para el acceso a una Plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos, vacante en la plantilla de personal funcionario.
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proceso, la valoración de la antigüedad tendrá una limitación máxima de mensualidades a
valorar en cada categoría anteriormente desempeñada, conforme a la baremación que se
indica a continuación:
Categoría Agente: Máximo de 160 meses. Tratándose de auxiliares de Policía
integrados en la categoría de Agente por aplicación de la disposición transitoria primera
de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
o normativa que la sustituya, se tendrá en cuenta el tiempo de servicio prestado en
aquella categoría como si lo hubiera sido en la de Agente.
Categoría Oficial: Máximo de 60 meses como Agente y 100 como Oficial.
Categoría de Subinspectora/Subinspector: Máximo de 40 meses como Agente, 50
meses como Oficial y 70 meses como Subinspector/Subinspectora.
Categoría de Inspectora/Inspector: Máximo de 20 meses como Agente, 30 meses como
Oficial, 50 meses como Subinspector/Subinspectora y 60 meses como
Inspectora/Inspectora.
Categoría de Intendente: Máximo de 10 meses como Agente, 20 meses como Oficial,
30 meses como Subinspectora/Subinspector, 40 meses como Inspector/Inspectora y 60
meses como Intendente.
Categoría de Superintendente: Máximo de 10 meses como Agente, 10 meses como
Oficial, 20 meses como Subinspectora/Subinspector, 30 meses como
Inspector/Inspectora, 40 meses como Intendente y 50 meses como Superintendente.
En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada
categoría sin pasar por la/las categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha
categoría que exceda del tope de puntuación a valorar en la misma será computado como si se
hubiera desempeñado en las categorías inferiores de forma descendente hasta agotar los
topes de valoración respectivos en cada una de ellas. Igualmente se actuará en los supuestos
en los que los tiempos de permanencia en categorías superiores excedan del tope de
valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes de valoración de las categorías
inferiores.
B) Formación.
B.1) Formación académica.
Representará un máximo de 1 punto de la puntuación total a obtener, conforme se indica a
continuación para cada Titulación Académica y sus correspondientes equivalencias:
Doctorado: 1,00 punto.
CVE:
BOP-2024-4716
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
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