Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-4716)
BOP-2024-4716 Bases de la Convocatoria para el acceso a una Plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos, vacante en la plantilla de personal funcionario.
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4. Por Titulación académica.
5. Por Docencia.
6. Condecoraciones.
7. Méritos específicos, si se hubieran considerado en la convocatoria.
8. Mayor puntuación aplicando todos los criterios de valoración anteriores, sin límite
máximo de puntos por criterio.
9. Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con
menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura,
cuando este no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por
orden de puntuación, un anuncio que contendrá los aspirantes que resulta seleccionados y
elevará dicha relación a la Sra. Alcaldesa-presidente formulando la propuesta de nombramiento
como funcionario de carrera, nombramiento que se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura (DOE).
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mejor puntuación, sin que pueda superar
el número de seleccionados el de los puestos objeto de esta convocatoria que son uno.
Octava. Presentación de documentos y nombramientos.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, dentro del plazo de
20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de
seleccionados en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Hervás,
todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de
esta convocatoria y además:
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le
incapacite para el desempeño de las funciones propias del cargo.
Quien dentro del plazo indicado no presentare la documentación, o no reuniera los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser nombrado y quedarían anuladas todas
las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad
en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso la Sra. Alcaldesa-
CVE:
BOP-2024-4716
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de septiembre de 2024
N.º 0176
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