Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2024-4709)
BOP-2024-4709 Bases selección de dos Formadores/as para el Desarrollo de los Programas de Aprendizaje a lo largo de la vida durante el curso 2024/2025.
15 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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OCTAVA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS.
8.1. La fecha de celebración del primer ejercicio se publicará en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en su sitio web.
8.2. Una vez comenzadas las pruebas selectivas los anuncios respecto del lugar y hora donde
deban celebrarse las restantes, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su
sitio web, y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas. Estos anuncios deberán
publicarse como mínimo con 12 horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio y de
48 cuando se trate de un nuevo ejercicio.
8.3. Los aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su
derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por
la inasistencia a las mismas, aun cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas
de carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al
aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el
principio de igualdad con el resto de aspirantes.
8.4. El tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su
personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro
documento oficial que acredite su identidad.
8.5. El procedimiento de selección constará de DOS FASES.
NOVENA. FASE DE OPOSICIÓN.
Consistirá en la valoración por parte de la Comisión de Selección de:
1. Consistirá en la realización de una entrevista relativa a la defensa del proyecto de trabajo
presentado por el aspirante ante el Tribunal de Selección relacionado con las actividades
propias del puesto de trabajo, y se valorará de acuerdo con lo establecido en el citado Anexo II.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad.
El orden de actuación de los aspirantes será el llamamiento único por orden alfabético.
CVE:
BOP-2024-4709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de septiembre de 2024
N.º 0175
Pág. 19680
8.1. La fecha de celebración del primer ejercicio se publicará en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en su sitio web.
8.2. Una vez comenzadas las pruebas selectivas los anuncios respecto del lugar y hora donde
deban celebrarse las restantes, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su
sitio web, y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas. Estos anuncios deberán
publicarse como mínimo con 12 horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio y de
48 cuando se trate de un nuevo ejercicio.
8.3. Los aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su
derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por
la inasistencia a las mismas, aun cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas
de carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al
aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el
principio de igualdad con el resto de aspirantes.
8.4. El tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su
personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro
documento oficial que acredite su identidad.
8.5. El procedimiento de selección constará de DOS FASES.
NOVENA. FASE DE OPOSICIÓN.
Consistirá en la valoración por parte de la Comisión de Selección de:
1. Consistirá en la realización de una entrevista relativa a la defensa del proyecto de trabajo
presentado por el aspirante ante el Tribunal de Selección relacionado con las actividades
propias del puesto de trabajo, y se valorará de acuerdo con lo establecido en el citado Anexo II.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de
conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten
su personalidad.
El orden de actuación de los aspirantes será el llamamiento único por orden alfabético.
CVE:
BOP-2024-4709
Verificable
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Martes, 10 de septiembre de 2024
N.º 0175
Pág. 19680