Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2024-4664)
BOP-2024-4664 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural "En Salorino Pintamos II".
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
Esta necesidad es la que impone el reto de mejorar la situación de
pobreza y exclusión social en la que se encuentran esta zonas, a través de
acciones integradas que mejoren las condiciones de inserción en los
ámbitos social y laboral, a través de la participación en itinerarios
integrados y personalizados de inserción social y laboral que incluyen un
proceso formativo que alterna la formación y experiencia profesional
adaptada y la adquisición de competencias básicas y genéricas,
fomentando con ello la creatividad, el emprendimiento y la innovación
social, en zonas y colectivos donde es más necesario este tipo de
intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales.
Mediante el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, se regula el
Programa Colaborativo Rural ATENEO (acciones de tutorización,
enseñanza, empleo y orientación) de atención integral a personas en
situación o en riesgo de exclusión social consiste en el desarrollo de
itinerarios de orientación, tutorización e intermediación, formación en
alternancia con el empleo y experiencia profesional en empresas privadas
para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a las
localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población
inferior a 5.000 habitantes.
TÍTULO 3.- DERECHOS Y DEBERES
Artículo 1: DERECHOS
Todos los trabajadores del Proyecto tendrán los siguientes Derechos, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa legal vigente:
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad como
persona.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad,
raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un
sindicato, así como por razón de la lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de salud laboral.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el
centro para los fines que le son propios.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de
trabajo y disposiciones legales vigentes.
6.- A la intimidad y no divulgación de los datos personales que
figuren en sus expedientes laborales y formativos.
Además el Equipo técnico del Proyecto tiene derecho a:
1.-Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo
en cuenta las directrices del Proyecto.
2
Cód.
Validación:
9WKP2P26RKWAN74TN2LWPHTCX
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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3
de
14
CVE:
BOP-2024-4664
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
Pág. 19442
Esta necesidad es la que impone el reto de mejorar la situación de
pobreza y exclusión social en la que se encuentran esta zonas, a través de
acciones integradas que mejoren las condiciones de inserción en los
ámbitos social y laboral, a través de la participación en itinerarios
integrados y personalizados de inserción social y laboral que incluyen un
proceso formativo que alterna la formación y experiencia profesional
adaptada y la adquisición de competencias básicas y genéricas,
fomentando con ello la creatividad, el emprendimiento y la innovación
social, en zonas y colectivos donde es más necesario este tipo de
intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales.
Mediante el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, se regula el
Programa Colaborativo Rural ATENEO (acciones de tutorización,
enseñanza, empleo y orientación) de atención integral a personas en
situación o en riesgo de exclusión social consiste en el desarrollo de
itinerarios de orientación, tutorización e intermediación, formación en
alternancia con el empleo y experiencia profesional en empresas privadas
para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a las
localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población
inferior a 5.000 habitantes.
TÍTULO 3.- DERECHOS Y DEBERES
Artículo 1: DERECHOS
Todos los trabajadores del Proyecto tendrán los siguientes Derechos, sin
perjuicio de lo establecido en la normativa legal vigente:
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad como
persona.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad,
raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un
sindicato, así como por razón de la lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de salud laboral.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el
centro para los fines que le son propios.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de
trabajo y disposiciones legales vigentes.
6.- A la intimidad y no divulgación de los datos personales que
figuren en sus expedientes laborales y formativos.
Además el Equipo técnico del Proyecto tiene derecho a:
1.-Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo
en cuenta las directrices del Proyecto.
2
Cód.
Validación:
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