Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-4650)
BOP-2024-4650 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Ludoteca municipal.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
ARTÍCULO 13. Deberes.
Son deberes de las personas usuarias de la Ludoteca:
1. Hacer un correcto uso de las instalaciones y del material existente en la
Ludoteca.
2. Mantener un trato respetuoso y digno con el equipo de profesionales del
servicio.
3. Atender las indicaciones y órdenes dadas por los/las responsables del
servicio en cuanto a las instalaciones, material y desarrollo de las
actividades programadas.
4. Los padres y madres están obligados a atender las indicaciones de las
personas responsables del servicio.
5. Los deberes serán exigibles con la necesaria adecuación a la edad de los
menores.
ARTÍCULO 14. Bajas.
Causarán baja definitiva en la Ludoteca aquellos usuarios en los que
concurriese alguna de estas circunstancias:
• Renuncia voluntaria.
• Falta de asistencia a la Ludoteca durante una semana sin previo aviso ni
causa debidamente justificada.
• Trato inadecuado a los/las monitores/as, tanto por parte de los
alumnos/as o de las familias.
ARTÍCULO 15. Personal del Servicio.
El personal de la Ludoteca adecuará su actividad, sus derechos y sus deberes
al contrato laboral suscrito y al convenio colectivo aplicable en relación a la
actividad desarrollada.
Asimismo, en cuanto al ejercicio de sus funciones profesionales, se
ajustarán a las establecidas en la presente norma, y al resto de la
legislación vigente.
El equipo profesional de la Ludoteca estará formado por una directora o
director, y un número determinado de auxiliares de Ludoteca en función
del número de plazas que se cubran conforme a la normativa vigente.
5
Cód.
Validación:
94Z9GT5THCPQDMPAHM9TH6SWL
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
8
CVE:
BOP-2024-4650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
Pág. 19374