Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-4650)
BOP-2024-4650 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Ludoteca municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
La titulación requerida al personal de la Ludoteca será el que
corresponda a la función desempeñada según la normativa vigente.
Las funciones de dirección de la Ludoteca son:
• Planificar las actividades.
• Supervisión de la realización de las actividades.
• Coordinar al personal.
• Informar a la Concejala o Concejal responsable sobre el servicio.
• Cuidar del estricto cumplimiento de sus obligaciones por el resto del
personal y, en su caso, por las empresas contratadas para prestar sus
servicios en la Ludoteca.
• Elaborar la documentación relativa al servicio que deba remitirse a las
administraciones correspondientes.
• Ser el interlocutor con los padres y madres en todo lo relacionado con la
información sobre la Ludoteca.
• Representar a la Ludoteca ante las diversas instituciones
Las funciones del personal auxiliar son:
• Realizar y coordinar con la dirección la programación y evaluación de
actividades
• Ejercer la responsabilidad del grupo de niñas y niños de la Ludoteca
• Participar en las actividades de formación que organicen las autoridades
competentes.
• Colaborar en las actividades de gestión, organización y mantenimiento de
la Ludoteca.
ARTÍCULO 16. Infracciones.
Se considera infracción el incumplimiento total o parcial de las obligaciones
contenidas en la presente ordenanza.
Son infracciones leves:
• No mostrar la debida diligencia en la utilización de las instalaciones y el
material.
• No atender a las indicaciones y órdenes dadas por las personas
6
Cód.
Validación:
94Z9GT5THCPQDMPAHM9TH6SWL
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
8
CVE:
BOP-2024-4650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
Pág. 19375
La titulación requerida al personal de la Ludoteca será el que
corresponda a la función desempeñada según la normativa vigente.
Las funciones de dirección de la Ludoteca son:
• Planificar las actividades.
• Supervisión de la realización de las actividades.
• Coordinar al personal.
• Informar a la Concejala o Concejal responsable sobre el servicio.
• Cuidar del estricto cumplimiento de sus obligaciones por el resto del
personal y, en su caso, por las empresas contratadas para prestar sus
servicios en la Ludoteca.
• Elaborar la documentación relativa al servicio que deba remitirse a las
administraciones correspondientes.
• Ser el interlocutor con los padres y madres en todo lo relacionado con la
información sobre la Ludoteca.
• Representar a la Ludoteca ante las diversas instituciones
Las funciones del personal auxiliar son:
• Realizar y coordinar con la dirección la programación y evaluación de
actividades
• Ejercer la responsabilidad del grupo de niñas y niños de la Ludoteca
• Participar en las actividades de formación que organicen las autoridades
competentes.
• Colaborar en las actividades de gestión, organización y mantenimiento de
la Ludoteca.
ARTÍCULO 16. Infracciones.
Se considera infracción el incumplimiento total o parcial de las obligaciones
contenidas en la presente ordenanza.
Son infracciones leves:
• No mostrar la debida diligencia en la utilización de las instalaciones y el
material.
• No atender a las indicaciones y órdenes dadas por las personas
6
Cód.
Validación:
94Z9GT5THCPQDMPAHM9TH6SWL
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
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