Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-4650)
BOP-2024-4650 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Ludoteca municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
• Las ayudas y subvenciones que concedan asimismo con estos fines, la
Junta de Extremadura o cualquier organismo público.
• Las aportaciones económicas de este Ayuntamiento, consignadas en
el Presupuesto General de la Corporación de cada ejercicio anual.
ARTÍCULO 11. Normas de Funcionamiento.
1. Deberán respetarse las normas de comportamiento.
2. Los padres o tutores del niño no podrán permanecer en el recinto
durante las sesiones ordinarias de la Ludoteca.
3. Al finalizar el horario de la Ludoteca, y según conste en el documento de
autorización, recogerán a sus hijos.
4. Los padres, en el documento de autorización, designarán un teléfono de
contacto a efectos de que puedan ser localizados inmediatamente en caso de
cualquier incidencia.
5. En el caso de enfermedades que se manifiesten en la Ludoteca el personal
seguirá las siguientes normas:
• Si los síntomas son de un proceso infecto-contagioso, se avisará a los
padres o representantes legales para que lo recojan en la mayor
brevedad.
• Si un niño sufre un accidente, tras recibir las primeras atenciones se
avisará a los padres y si fuera urgente se llamará a los servicios de
sanitarios.
TÍTULO III. PERSONAL Y USUARIOS/AS.
ARTÍCULO 12. Derechos.
Son derechos que las personas usuarias de la Ludoteca:
1. Participar en las actividades de la Ludoteca dentro de la capacidad de
aforo de la misma, y utilizar las instalaciones y el material en régimen de
igualdad, dentro las edades y espacios establecidos.
2. Recibir un trato digno por parte del personal de la Ludoteca.
3. Ser informado a través de los niñas y niñas o de sus padres, madres o
tutores de las actividades, horarios y programas que se desarrollan en la
Ludoteca.
4. Efectuar reclamaciones o sugerencias del servicio.
4
Cód.
Validación:
94Z9GT5THCPQDMPAHM9TH6SWL
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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8
CVE:
BOP-2024-4650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
Pág. 19373
• Las ayudas y subvenciones que concedan asimismo con estos fines, la
Junta de Extremadura o cualquier organismo público.
• Las aportaciones económicas de este Ayuntamiento, consignadas en
el Presupuesto General de la Corporación de cada ejercicio anual.
ARTÍCULO 11. Normas de Funcionamiento.
1. Deberán respetarse las normas de comportamiento.
2. Los padres o tutores del niño no podrán permanecer en el recinto
durante las sesiones ordinarias de la Ludoteca.
3. Al finalizar el horario de la Ludoteca, y según conste en el documento de
autorización, recogerán a sus hijos.
4. Los padres, en el documento de autorización, designarán un teléfono de
contacto a efectos de que puedan ser localizados inmediatamente en caso de
cualquier incidencia.
5. En el caso de enfermedades que se manifiesten en la Ludoteca el personal
seguirá las siguientes normas:
• Si los síntomas son de un proceso infecto-contagioso, se avisará a los
padres o representantes legales para que lo recojan en la mayor
brevedad.
• Si un niño sufre un accidente, tras recibir las primeras atenciones se
avisará a los padres y si fuera urgente se llamará a los servicios de
sanitarios.
TÍTULO III. PERSONAL Y USUARIOS/AS.
ARTÍCULO 12. Derechos.
Son derechos que las personas usuarias de la Ludoteca:
1. Participar en las actividades de la Ludoteca dentro de la capacidad de
aforo de la misma, y utilizar las instalaciones y el material en régimen de
igualdad, dentro las edades y espacios establecidos.
2. Recibir un trato digno por parte del personal de la Ludoteca.
3. Ser informado a través de los niñas y niñas o de sus padres, madres o
tutores de las actividades, horarios y programas que se desarrollan en la
Ludoteca.
4. Efectuar reclamaciones o sugerencias del servicio.
4
Cód.
Validación:
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