Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2024-4650)
BOP-2024-4650 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Ludoteca municipal.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
de las instalaciones y al número de monitores/as. Siendo el rango:10 niños/as
por cada un monitor/a.
El servicio que presta la Ludoteca puede ser un servicio continuo a lo largo del
curso, o bien, un servicio puntual para días concretos.
Para el servicio de Ludoteca de verano las inscripciones se realizarán durante el
mes de junio en las oficinas del Ayuntamiento mediante la solicitud que figura
en la oficina del Ayuntamiento.
Si se pretende un servicio puntual, la solicitud se hará en la misma Ludoteca.
Si existen plazas disponibles podrán incorporarse niños y niñas durante su
desarrollo.
Si existe exceso de solicitudes se seguirá el orden de presentación de las
solicitudes.
No quedarán reservadas las plazas de un año para otro, siendo
necesario volver a solicitar dicha plaza en el plazo establecido.
Los datos personales de las inscripciones en posesión del Ayuntamiento de
Herreruela son secretos e intransferibles. Se utilizarán únicamente para:
- Utilización de los servicios de la Ludoteca.
- Notificar actividades organizadas por el Ayuntamiento.
- Avisar a los usuarios o familias de cualquier eventualidad.
ARTÍCULO 9. Acceso al Servicio.
Podrán utilizar el Servicio de Ludoteca Municipal todos los niños y niñas que
tengan cumplidos entre 2 y 14 años, representados a través de sus padres o
tutores.
ARTÍCULO 10. Cuotas y Formas de Pago.
La Ludoteca dependerá económicamente de los recursos siguientes:
• Los donativos de cualquier persona o entidad pública o privada que se
otorguen o concedan con esta finalidad.
3
Cód.
Validación:
94Z9GT5THCPQDMPAHM9TH6SWL
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-4650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
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