Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2024-4627)
BOP-2024-4627 Aprobación de las Bases Reguladoras y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2024/2025 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º,2º,3º, 4, 5º y 6º).
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Montánchez
subsanen la falta de documentación y puedan formular las alegaciones que estimen
oportunas con indicación de que, si así no lo hicieran, se entenderá que desisten de su
petición.
Una vez examinadas las reclamaciones, la Comisión Evaluadora propondrá las listas
definitivas de beneficiarios y no beneficiarios.
Los listados definitivos de concesiones, no concesiones y exclusiones se publicarán en
los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), en los quince días hábiles siguientes a la
finalización del plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales.
En los supuestos de tramitación de solicitudes fuera del plazo establecido para la
convocatoria general, el efecto que produciría el silencio administrativo, si
transcurrieran los plazos preceptivos sin que se haya dictado la resolución
correspondiente, sería desestimatorio de la solicitud.
8. Compatibilidad de las ayudas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con la percepción de otras que
tengan la misma finalidad procedentes de otras administraciones públicas, siempre
que la suma de todas ellas no supere el coste de la ayuda concedida.
9. Procedimiento y plazos
9.1.- Subsanación de defectos de la solicitud o documentación.
Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos y/o cualquiera de los datos previstos
en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado, mediante anuncio
publicado en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), para que, en el plazo máximo e
improrrogable de 10 días hábiles contado a partir su publicación, subsane las faltas o
acompañe los documentos preceptivos, de acuerdo con los términos y efectos
previstos en el artículo 68.1 de dicha Ley, con apercibimiento de que, si no lo hiciese,
se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de dicha Ley..
9.2.- Instrucción, valoración y concesión.
La instrucción del procedimiento será llevada a cabo de oficio por el ayuntamiento
realizando cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe de formularse
la propuesta de resolución, en los términos del artículo 24.2 y 3 de la Ley 38/2003, de
Subvenciones.
El control de las obligaciones exigidas en la convocatoria se efectuará mediante la
comprobación de oficio por servicio instructor, que en este caso, es el Agente de
Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Montánchez.
Una vez examinadas las solicitudes conforme a los requisitos y criterios de
adjudicación establecidos en las presentes bases, y siguiendo los criterios de
adjudicación fijados en la base reguladora tercera, se elaborará una lista de ayudas
admitidas, una lista de desestimadas y una lista de excluidos, si los hubiera, indicando
la causa de exclusión.
A la vista del expediente se formulará por la Comisión de valoración, una propuesta
de resolución, debidamente motivada, con indicación de las ayudas que se tienen por
desistidas, concedidas y denegadas.
Dicha propuesta de resolución, se hará pública mediante su inserción en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica
municipal (https://montanchez.sedelectronica.es), otorgando un plazo de 10 días
CVE:
BOP-2024-4627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
Pág. 19232
subsanen la falta de documentación y puedan formular las alegaciones que estimen
oportunas con indicación de que, si así no lo hicieran, se entenderá que desisten de su
petición.
Una vez examinadas las reclamaciones, la Comisión Evaluadora propondrá las listas
definitivas de beneficiarios y no beneficiarios.
Los listados definitivos de concesiones, no concesiones y exclusiones se publicarán en
los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), en los quince días hábiles siguientes a la
finalización del plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales.
En los supuestos de tramitación de solicitudes fuera del plazo establecido para la
convocatoria general, el efecto que produciría el silencio administrativo, si
transcurrieran los plazos preceptivos sin que se haya dictado la resolución
correspondiente, sería desestimatorio de la solicitud.
8. Compatibilidad de las ayudas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con la percepción de otras que
tengan la misma finalidad procedentes de otras administraciones públicas, siempre
que la suma de todas ellas no supere el coste de la ayuda concedida.
9. Procedimiento y plazos
9.1.- Subsanación de defectos de la solicitud o documentación.
Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos y/o cualquiera de los datos previstos
en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado, mediante anuncio
publicado en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal
(https://montanchez.sedelectronica.es), para que, en el plazo máximo e
improrrogable de 10 días hábiles contado a partir su publicación, subsane las faltas o
acompañe los documentos preceptivos, de acuerdo con los términos y efectos
previstos en el artículo 68.1 de dicha Ley, con apercibimiento de que, si no lo hiciese,
se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, dictada en los términos
previstos en el artículo 21 de dicha Ley..
9.2.- Instrucción, valoración y concesión.
La instrucción del procedimiento será llevada a cabo de oficio por el ayuntamiento
realizando cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe de formularse
la propuesta de resolución, en los términos del artículo 24.2 y 3 de la Ley 38/2003, de
Subvenciones.
El control de las obligaciones exigidas en la convocatoria se efectuará mediante la
comprobación de oficio por servicio instructor, que en este caso, es el Agente de
Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Montánchez.
Una vez examinadas las solicitudes conforme a los requisitos y criterios de
adjudicación establecidos en las presentes bases, y siguiendo los criterios de
adjudicación fijados en la base reguladora tercera, se elaborará una lista de ayudas
admitidas, una lista de desestimadas y una lista de excluidos, si los hubiera, indicando
la causa de exclusión.
A la vista del expediente se formulará por la Comisión de valoración, una propuesta
de resolución, debidamente motivada, con indicación de las ayudas que se tienen por
desistidas, concedidas y denegadas.
Dicha propuesta de resolución, se hará pública mediante su inserción en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica
municipal (https://montanchez.sedelectronica.es), otorgando un plazo de 10 días
CVE:
BOP-2024-4627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
Pág. 19232