Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-4538)
BOP-2024-4538 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Teletrabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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la flexibilidad horaria prevista en el apartado anterior, debiendo incluir, entre otros, el momento
de inicio y finalización de la jornada.
Artículo 21. Cumplimiento de objetivos.
1. El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la
identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento.
2. El establecimiento de objetivos permitirá, entre otras finalidades y funcionalidades, la
medición y evaluación del rendimiento de las personas empleadas públicas, así como de las
unidades orgánicas y equipos de gestión.
3. Podrán desarrollarse sistemas que permitan la evaluación del desempeño del personal
municipal, en el marco de lo previsto en la normativa sobre función pública.
Sección Segunda. Dotación de medios.
Artículo 22. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y
herramientas.
1. El Ayuntamiento tiene la obligación de proporcionar y mantener a las personas que trabajen
en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad.
2. En consecuencia, las personas que trabajen a distancia tendrán derecho a la dotación y
mantenimiento adecuado por parte del Ayuntamiento de todos los equipos y herramientas
necesarios para el desarrollo de su actividad, de conformidad en su caso con el inventario de
medios que se incorpore en resolución de autorización.
3. Asimismo, se garantizará a todos/as los/as empleados y empleadas la atención precisa en el
caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.
Artículo 23. El derecho al abono y compensación de gastos.
El desarrollo del teletrabajo no podrá suponer la asunción no deseada por parte de la persona
teletrabajadora de gastos adicionales relacionados con los equipos, herramientas y medios
proporcionados por el Ayuntamiento, vinculados al desarrollo de su actividad laboral Sección
Cuarta. Prevención de riesgos y conciliación.
Artículo 24. Especialidades del derecho a la prevención de riesgos laborales.
1. Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a una adecuada protección en materia
CVE:
BOP-2024-4538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de agosto de 2024
N.º 0166
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de inicio y finalización de la jornada.
Artículo 21. Cumplimiento de objetivos.
1. El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la
identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento.
2. El establecimiento de objetivos permitirá, entre otras finalidades y funcionalidades, la
medición y evaluación del rendimiento de las personas empleadas públicas, así como de las
unidades orgánicas y equipos de gestión.
3. Podrán desarrollarse sistemas que permitan la evaluación del desempeño del personal
municipal, en el marco de lo previsto en la normativa sobre función pública.
Sección Segunda. Dotación de medios.
Artículo 22. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y
herramientas.
1. El Ayuntamiento tiene la obligación de proporcionar y mantener a las personas que trabajen
en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad.
2. En consecuencia, las personas que trabajen a distancia tendrán derecho a la dotación y
mantenimiento adecuado por parte del Ayuntamiento de todos los equipos y herramientas
necesarios para el desarrollo de su actividad, de conformidad en su caso con el inventario de
medios que se incorpore en resolución de autorización.
3. Asimismo, se garantizará a todos/as los/as empleados y empleadas la atención precisa en el
caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.
Artículo 23. El derecho al abono y compensación de gastos.
El desarrollo del teletrabajo no podrá suponer la asunción no deseada por parte de la persona
teletrabajadora de gastos adicionales relacionados con los equipos, herramientas y medios
proporcionados por el Ayuntamiento, vinculados al desarrollo de su actividad laboral Sección
Cuarta. Prevención de riesgos y conciliación.
Artículo 24. Especialidades del derecho a la prevención de riesgos laborales.
1. Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a una adecuada protección en materia
CVE:
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Verificable
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