Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2024-4517)
BOP-2024-4517 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno del Colaborativo Rural Ateneo "Aldea me enseña a cuidarte".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYTO ALDEACENTENERA
7. Realizar las tareas concretas que le sea encomendadas bajo la dirección del monitor,
pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de
vigilancia y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el
grado de aplicación del trabajador participante.
8. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral,
cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por los profesores.
9. Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y
colaborando con ellos en el trabajo cuando sea necesario.
10. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del proyecto y de la
Entidad Promotora.
11. Hacerse responsables del vestuario y de la herramienta que les sea entregada para su
trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se
demuestre la falta de diligencia del alumno/a- trabajador/a en tales circunstancias. En tal
sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el proyecto y por personal autorizado.
12. Adquirir hábitos de cuidado e higiene corporal que propicien un clima individual y
social sano y saludable.
13. Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30
minutos de descanso establecido
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la “imagen” que el Proyecto
ofrece al Municipio y su entorno.
15. Informar al equipo docente y/o directivo en horario de 8 a 9, de la no asistencia al
trabajo o cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de
incorporación al Centro.
16. Comunicar al Equipo Formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del
resto del personal del Proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
Artículo 11.- Régimen disciplinario. Faltas, sanciones, competencia, prescripción y
procedimiento.
Las presentes normas de régimen disciplinario persiguen el mantenimiento de la
disciplina laboral, aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y
organización del programa, así como para la garantía y defensa de los derechos e intereses
legítimos.
Cód.
Validación:
A4QD6HGJ4C7N3KEF7DC6PAGYA
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4517
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de agosto de 2024
N.º 0165
Pág. 18889
7. Realizar las tareas concretas que le sea encomendadas bajo la dirección del monitor,
pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de
vigilancia y control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el
grado de aplicación del trabajador participante.
8. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral,
cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por los profesores.
9. Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y
colaborando con ellos en el trabajo cuando sea necesario.
10. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del proyecto y de la
Entidad Promotora.
11. Hacerse responsables del vestuario y de la herramienta que les sea entregada para su
trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se
demuestre la falta de diligencia del alumno/a- trabajador/a en tales circunstancias. En tal
sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el proyecto y por personal autorizado.
12. Adquirir hábitos de cuidado e higiene corporal que propicien un clima individual y
social sano y saludable.
13. Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30
minutos de descanso establecido
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la “imagen” que el Proyecto
ofrece al Municipio y su entorno.
15. Informar al equipo docente y/o directivo en horario de 8 a 9, de la no asistencia al
trabajo o cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de
incorporación al Centro.
16. Comunicar al Equipo Formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del
resto del personal del Proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
Artículo 11.- Régimen disciplinario. Faltas, sanciones, competencia, prescripción y
procedimiento.
Las presentes normas de régimen disciplinario persiguen el mantenimiento de la
disciplina laboral, aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y
organización del programa, así como para la garantía y defensa de los derechos e intereses
legítimos.
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