Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2024-4507)
BOP-2024-4507 Información Pública Convenio Consorcio Másmedio - Ayuntamiento de Romangordo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO) P-1000044F
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002,Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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LRJSP
, los artículos 152 y 154 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, (en adelante TRLHL), los artículos 37 a 40 del Reglamento de
Servicios de las Entidades Locales y demás normativa de desarrollo, así como sus
Estatutos cuyo texto consolidado actualmente vigente fue publicado en el BOP Nº
0218, de 16 de noviembre de 2023.
QUINTO. - El Ayuntamiento XXXXXXXXXXX, en la sesión plenaria de XX de XXXX
de 202_ ha acordado la encomienda de gestión de la competencia municipal en la
parte diferencial del servicio de depósito, almacenamiento transitorio y gestión final
en Punto Limpio, al Consorcio “MÁSMEDIO”.
Con carácter general, las modalidades de delegación de gestión, o partes
diferenciadas del Servicio de gestión de Punto Limpio, objeto del presente convenio
tiene la finalidad de que los ciudadanos depositen, aquellos residuos que, por sus
características de origen, peligrosidad o tamaño, necesitan un tratamiento especial.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente
convenio.
Y en base a lo anteriormente expuesto, firman el presente convenio, para lo que
están facultados los representantes que lo suscriben conforme a los acuerdos
adoptados por el Pleno Municipal y el Consejo de Administración del Consorcio
“MÁSMEDIO”, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación del servicio
de depósito, almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio, al
AYUNTAMIENTO por el Consorcio “MÁSMEDIO”.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO ha acordado la encomienda de gestión de la
competencia municipal en la parte diferencial del servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio, al Consorcio
“MÁSMEDIO” al encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial,
conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y,
en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que
tal servicio se presta a través del mismo.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido
en los artículos 8 y 11 de la LRJSP
, en relación con los artículos 25.2.1, 26, 57 y 106
de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de
la Autonomía municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
CVE:
BOP-2024-4507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18838
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, los artículos 152 y 154 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, (en adelante TRLHL), los artículos 37 a 40 del Reglamento de
Servicios de las Entidades Locales y demás normativa de desarrollo, así como sus
Estatutos cuyo texto consolidado actualmente vigente fue publicado en el BOP Nº
0218, de 16 de noviembre de 2023.
QUINTO. - El Ayuntamiento XXXXXXXXXXX, en la sesión plenaria de XX de XXXX
de 202_ ha acordado la encomienda de gestión de la competencia municipal en la
parte diferencial del servicio de depósito, almacenamiento transitorio y gestión final
en Punto Limpio, al Consorcio “MÁSMEDIO”.
Con carácter general, las modalidades de delegación de gestión, o partes
diferenciadas del Servicio de gestión de Punto Limpio, objeto del presente convenio
tiene la finalidad de que los ciudadanos depositen, aquellos residuos que, por sus
características de origen, peligrosidad o tamaño, necesitan un tratamiento especial.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente
convenio.
Y en base a lo anteriormente expuesto, firman el presente convenio, para lo que
están facultados los representantes que lo suscriben conforme a los acuerdos
adoptados por el Pleno Municipal y el Consejo de Administración del Consorcio
“MÁSMEDIO”, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación del servicio
de depósito, almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio, al
AYUNTAMIENTO por el Consorcio “MÁSMEDIO”.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO ha acordado la encomienda de gestión de la
competencia municipal en la parte diferencial del servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio, al Consorcio
“MÁSMEDIO” al encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial,
conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y,
en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que
tal servicio se presta a través del mismo.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido
en los artículos 8 y 11 de la LRJSP
, en relación con los artículos 25.2.1, 26, 57 y 106
de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de
la Autonomía municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
CVE:
BOP-2024-4507
Verificable
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