Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-4503)
BOP-2024-4503 Información pública de encomienda de gestión del servicio del punto limpio de Cedillo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada por otro
periodo de igual duración.
DECIMOPRIMERA. Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos miembros
de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la Presidencia o
Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de Presidente/a de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma nombrado/a
por el Consorcio “MÁSMEDIO”, que actuará como Secretario/a.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas que
puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las dos
administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones relacionadas con
la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en el
presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DECIMOSEGUNDA. Comprobación, inspección y vigilancia de las infraestructuras,
instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio en el que se describirán
detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las instalaciones e
infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito al mismo y que
deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio “MÁSMEDIO”.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el Consorcio
“MÁSMEDIO” desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la optimización de las
instalaciones del servicio, según la planificación establecida en el Informe Técnico-Económico
del Servicio.
DECIMOTERCERA. Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver anticipadamente el
CVE:
BOP-2024-4503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18824
periodo de igual duración.
DECIMOPRIMERA. Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos miembros
de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la Presidencia o
Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de Presidente/a de la comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma nombrado/a
por el Consorcio “MÁSMEDIO”, que actuará como Secretario/a.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas que
puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las dos
administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones relacionadas con
la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en el
presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DECIMOSEGUNDA. Comprobación, inspección y vigilancia de las infraestructuras,
instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de depósito,
almacenamiento transitorio y gestión final en Punto Limpio en el que se describirán
detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las instalaciones e
infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito al mismo y que
deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio “MÁSMEDIO”.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el Consorcio
“MÁSMEDIO” desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la optimización de las
instalaciones del servicio, según la planificación establecida en el Informe Técnico-Económico
del Servicio.
DECIMOTERCERA. Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver anticipadamente el
CVE:
BOP-2024-4503
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
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