Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2024-4500)
BOP-2024-4500 Aprobación definitiva del Reglamento regulador de la modalidad de prestación de servicios en régimen de Teletrabajo.
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g) Avanzar en la modernización, digitalización y conectividad de la administración.
h) Contribuir a la culturalización digital de la organización.
i) Aumentar el compromiso y el nivel de motivación del personal.
j) Conciliar la vida personal y familiar a través de la flexibilidad para realizar el trabajo
desde el domicilio, todo ello sin disminución de la cantidad y calidad del servicio.
k) Fomentar la corresponsabilidad, así como garantizar el principio de igualdad de trato
entre hombre y mujer.
l) Facilitar el acceso al teletrabajo a las personas discapacitadas, con cargas familiares,
problemas de movilidad, o en general con problemas de conciliación de la vida personal,
familiar y laboral.
m) Facilitar la movilidad geográfica del personal empleado.
n) Reducir el tiempo total de desplazamiento del personal empleado.
ñ) Disminuir el impacto medioambiental y contribuir a la reducción de emisiones de
gases.
o) Utilizar el teletrabajo como mecanismo de prevención de riesgos laborales ante
emergencias sanitarias.
Artículo 2. Concepto de teletrabajo y persona teletrabajadora.
Se entiende por teletrabajo aquella modalidad de prestación de servicios en la que los
empleados públicos desarrollan el contenido funcional de sus puestos de trabajo fuera de las
dependencias de la Administración, a través de la utilización de las nuevas tecnologías de la
información y comunicación, y bajo la dirección, coordinación y supervisión de su superior
jerárquico.
La prestación de trabajo en la modalidad de teletrabajo tiene como finalidad que un trabajador
pueda realizar las tareas y funciones propios de su puesto de trabajo desde su vivienda familiar
o en el lugar libremente elegido por éste, redundando en una mayor eficacia laboral, por
realizar estas tareas con un mayor grado de satisfacción, al posibilitar que los trabajadores
puedan conciliar su vida personal y familiar con la laboral, lo que es posible gracias a la
organización del trabajo en función del uso de nuevas tecnologías y de la gestión por objetivos.
CVE:
BOP-2024-4500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
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