Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2024-4497)
BOP-2024-4497 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el uso del espacio colaborativo y de emprendimiento COWORKING.
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i) En cuanto al mantenimiento del espacio, las personas usuarias deberán mantener en
buen estado de conservación las instalaciones, equipamiento y mobiliario y se harán
cargo de los desperfectos que un mal uso de éstas pueda ocasionar.
j) En cuanto a la limpieza, cada persona usuaria se responsabilizará de mantener limpio
su puesto de trabajo y dejará la mesa libre de papeles y otros objetos tras finalizar la
jornada de trabajo. Queda prohibido comer en el puesto de trabajo y se utilizará la zona
de descanso o encuentro para tomar café o té, etc. Cuando se utilice este espacio se
dejará todo limpio y recogido.
Será causa de pérdida del derecho de uso exclusivo del local el incumplimiento de cualquiera
de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza.
DÉCIMO OCTAVA. Protección de datos de carácter personal.
Las personas empresarias y emprendedoras alojadas en el Espacio de Trabajo Colaborativo y
de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, autorizan el tratamiento de sus datos personales y la
incorporación de los mismos a un fichero titularidad del Ayuntamiento de AHIGAL.
De la misma manera, las personas empresarias y emprendedoras, autorizan a que se proceda
a la grabación o captación de imágenes durante su estancia en el Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento o su participación en actividades, encuentros y/o reuniones
del Ayuntamiento de AHIGAL, por medio de videocámaras o cámaras fotográficas. Las
imágenes resultantes podrán usarse a modo de documentación para hacer referencia ar
Nagusia en diferentes medios así como en sus boletines, página web y demás elementos de
difusión. Las personas empresarias y emprendedoras podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición al fichero de los datos titularidad del Ayuntamiento de
AHIGAL.
DÉCIMO NOVENA. Prohibiciones y limitaciones.
Queda expresamente prohibido en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento,
Coworking AHIGAL, el ejercicio por las personas usuarias de los espacios para las siguientes
actividades:
El uso de cualquier material no permitido por las normas de Seguridad e Higiene.
Ejercer en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento toda actividad que
pueda considerarse peligrosa, insalubre y nociva o que perturbe la actividad del resto de
ocupantes. El uso de cada espacio/puesto no debe implicar ninguna molestia anormal
(aunque fuese excepcional), en relación con las actividades proyectadas en el mismo.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
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