Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2024-4497)
BOP-2024-4497 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el uso del espacio colaborativo y de emprendimiento COWORKING.
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2. Obligaciones de las personas emprendedoras y empresarias.
a) Usar y mantener en perfectas condiciones las instalaciones y mobiliario del Espacio.
b) Cumplir con las obligaciones económicas derivadas del acuerdo de adjudicación
(garantía económica inicial equivalente a dos cuotas ; y precio público mensual).
c) Satisfacer a su exclusiva costa las cargas, impuestos y gravámenes que pesen sobre
Ia actividad empresarial que se desarrolle en el espacio.
d) Con Ia finalidad de disponer de una imagen fiel de la realidad de las empresas del
Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, las mismas
estarán obligadas a aportar toda Ia información requerida por el Ayuntamiento de
AHIGAL. En todo caso, se deberá poner a disposición del Ayuntamiento cada seis
meses los recibos del pago al régimen especial de trabajadores y trabajadoras
autónomas.
e) Devolver los elementos propios de titularidad municipal a la finalización de Ia
autorización de uso de la oficina, por la causa que fuere, en las mismas condiciones de
uso que lo recibió, salvando el uso normal y diligente y el menoscabo por ello producido.
f) Tener contratado un seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de
50.000,00 €, para dar cobertura a los daños ocasionados a terceros, con cobertura de
responsabilidad civil profesional. Así mismo deberán incluir los daños a sus bienes
personales y equipos informáticos depositados en los espacios, por el valor que cada
uno tenga depositado, con cobertura de robo, incendio y daños por agua. El recibo del
pago del seguro deberá presentarse anualmente.
g) Notificar al Ayuntamiento de AHIGAL por escrito, con un mes de antelación como
mínimo, la intención de abandonar el espacio antes del cumplimiento del periodo
máximo establecido. Si no se respeta dicho plazo de notificación deberá satisfacerse la
obligación económica mensual correspondiente, aun cuando la estancia efectiva en las
instalaciones del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento haya finalizado.
h) Colaborar en el desarrollo de los programas y actividades que organice el
Ayuntamiento de AHIGAL, cuando estén vinculados directamente con el Espacio de
Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, y así sea solicitado.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18771
a) Usar y mantener en perfectas condiciones las instalaciones y mobiliario del Espacio.
b) Cumplir con las obligaciones económicas derivadas del acuerdo de adjudicación
(garantía económica inicial equivalente a dos cuotas ; y precio público mensual).
c) Satisfacer a su exclusiva costa las cargas, impuestos y gravámenes que pesen sobre
Ia actividad empresarial que se desarrolle en el espacio.
d) Con Ia finalidad de disponer de una imagen fiel de la realidad de las empresas del
Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, las mismas
estarán obligadas a aportar toda Ia información requerida por el Ayuntamiento de
AHIGAL. En todo caso, se deberá poner a disposición del Ayuntamiento cada seis
meses los recibos del pago al régimen especial de trabajadores y trabajadoras
autónomas.
e) Devolver los elementos propios de titularidad municipal a la finalización de Ia
autorización de uso de la oficina, por la causa que fuere, en las mismas condiciones de
uso que lo recibió, salvando el uso normal y diligente y el menoscabo por ello producido.
f) Tener contratado un seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de
50.000,00 €, para dar cobertura a los daños ocasionados a terceros, con cobertura de
responsabilidad civil profesional. Así mismo deberán incluir los daños a sus bienes
personales y equipos informáticos depositados en los espacios, por el valor que cada
uno tenga depositado, con cobertura de robo, incendio y daños por agua. El recibo del
pago del seguro deberá presentarse anualmente.
g) Notificar al Ayuntamiento de AHIGAL por escrito, con un mes de antelación como
mínimo, la intención de abandonar el espacio antes del cumplimiento del periodo
máximo establecido. Si no se respeta dicho plazo de notificación deberá satisfacerse la
obligación económica mensual correspondiente, aun cuando la estancia efectiva en las
instalaciones del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento haya finalizado.
h) Colaborar en el desarrollo de los programas y actividades que organice el
Ayuntamiento de AHIGAL, cuando estén vinculados directamente con el Espacio de
Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, y así sea solicitado.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18771