Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2024-4497)
BOP-2024-4497 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el uso del espacio colaborativo y de emprendimiento COWORKING.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Cuando se esté haciendo uso de Ia sala deberá señalizarse debidamente en la puerta
exterior. Igualmente se deberá retirar la señalización cuando se finalice la reserva. El uso
adecuado de esta señalización evitará molestias e interrupciones innecesarias.
- Es estrictamente necesario cumplir con las reservas de sala realizadas o, en su defecto,
cancelar aquellas que no vayan a utilizarse.
- El Ayuntamiento de AHIGAL podría retirar el derecho de uso de la sala de reuniones a las
empresas y personas emprendedoras alojadas en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de
Emprendimiento AHIGAL que no hagan un uso correcto de Ia misma.
DÉCIMO TERCERA. Derecho de entrada.
El Ayuntamiento de AHIGAL se reserva,a través de cualquier persona debidamente autorizada
por ella, el derecho a entrar en cualquiera de las superficies del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL ocupadas por las personas usuarias de forma
individualizada, para poder vigilar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las personas
empresarias o emprendedoras autorizadas para el uso de oficinas, así como para poder
efectuar, en su caso, las reparaciones ordinarias necesarias. En caso de urgencia o fuerza
mayor el Ayuntamiento de AHIGAL, podrá acceder a todos los espacios del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL, incluso con rotura de puertas, para atender
reparaciones de urgencia, fuera de las horas de apertura o en ausencia de la persona
empresaria o emprendedora autorizada para el uso de puesto/espacio, comunicándole
inmediatamente el hecho.
DÉCIMO CUARTA. Rótulos, señalización y elementos ornamentales.
No se permitirá ningún tipo de rótulo en las zonas comunes o exteriores del edificio fuera de los
establecidos, teniendo que adaptarse las personas usuarias del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento a los modelos de directorios y señalización que se
establezcan que se realizarán en lenguaje no sexista.
En cuanto a la rotulación y señalizaciones publicitarias en los espacios/puestos, las personas
usuarias del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL se atendrán a la
regulación que, por razones de compatibilización con los criterios constructivos y de
racionalización en el conjunto del espacio se establezca. No está permitido a las personas
usuarias, en ningún caso y en ningún lugar, la colocación de vinilos ni ningún formato similar
que quede adherido de forma definitiva y modifique la estética del espacio. Sí se permitirá si la
adhesión es provisional y fácilmente retirable sin dejar marca o huella alguna.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18768
exterior. Igualmente se deberá retirar la señalización cuando se finalice la reserva. El uso
adecuado de esta señalización evitará molestias e interrupciones innecesarias.
- Es estrictamente necesario cumplir con las reservas de sala realizadas o, en su defecto,
cancelar aquellas que no vayan a utilizarse.
- El Ayuntamiento de AHIGAL podría retirar el derecho de uso de la sala de reuniones a las
empresas y personas emprendedoras alojadas en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de
Emprendimiento AHIGAL que no hagan un uso correcto de Ia misma.
DÉCIMO TERCERA. Derecho de entrada.
El Ayuntamiento de AHIGAL se reserva,a través de cualquier persona debidamente autorizada
por ella, el derecho a entrar en cualquiera de las superficies del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL ocupadas por las personas usuarias de forma
individualizada, para poder vigilar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las personas
empresarias o emprendedoras autorizadas para el uso de oficinas, así como para poder
efectuar, en su caso, las reparaciones ordinarias necesarias. En caso de urgencia o fuerza
mayor el Ayuntamiento de AHIGAL, podrá acceder a todos los espacios del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL, incluso con rotura de puertas, para atender
reparaciones de urgencia, fuera de las horas de apertura o en ausencia de la persona
empresaria o emprendedora autorizada para el uso de puesto/espacio, comunicándole
inmediatamente el hecho.
DÉCIMO CUARTA. Rótulos, señalización y elementos ornamentales.
No se permitirá ningún tipo de rótulo en las zonas comunes o exteriores del edificio fuera de los
establecidos, teniendo que adaptarse las personas usuarias del Espacio de Trabajo
Colaborativo y de Emprendimiento a los modelos de directorios y señalización que se
establezcan que se realizarán en lenguaje no sexista.
En cuanto a la rotulación y señalizaciones publicitarias en los espacios/puestos, las personas
usuarias del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL se atendrán a la
regulación que, por razones de compatibilización con los criterios constructivos y de
racionalización en el conjunto del espacio se establezca. No está permitido a las personas
usuarias, en ningún caso y en ningún lugar, la colocación de vinilos ni ningún formato similar
que quede adherido de forma definitiva y modifique la estética del espacio. Sí se permitirá si la
adhesión es provisional y fácilmente retirable sin dejar marca o huella alguna.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18768