Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2024-4497)
BOP-2024-4497 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el uso del espacio colaborativo y de emprendimiento COWORKING.
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DÉCIMO QUINTA. Mantenimiento y limpieza de instalaciones.
Las personas usuarias del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento AHIGAL
deberán mantener en todo momento los despachos y superficies cedidas y sus equipamientos
en buen estado de funcionamiento, presentación y limpieza. Los daños o desperfectos que la
actividad de la persona usuaria cause en los elementos estructurales del espacio, en las
instalaciones generales, en las zonas de uso común, en sus despachos o espacios cedidos o
en el mobiliario, serán reparados por la persona usuaria causante directamente y a su costa.
De no hacerlo en el plazo requerido se procederá a dejar sin efecto la autorización de uso del
espacio pudiendo repercutir el coste que haya supuesto la reparación a la persona
responsable. El Ayuntamiento de AHIGAL se reserva acudir a las acciones legales que
correspondan, independientemente de las responsabilidades civiles o penales que puedan
reclamarse. El Ayuntamiento de AHIGAL velará por el permanente estado de limpieza de las
zonas e instalaciones de todo el edificio. A estos efectos, las personas usuarias del espacio se
someterán a los horarios que disponga el Ayuntamiento de AHIGAL, obligándose a facilitar la
limpieza de los espacios utilizados. Los términos y condiciones para la limpieza de los
despachos deberán ser respetados por las personas usuarias, sobre todo en lo relativo a la
evacuación de basuras.
DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DÉCIMO SEXTA. Obligaciones y derechos del Ayuntamiento de AHIGAL.
1. Obligaciones:
Comunicar a la persona empresaria o emprendedora el uso de un puesto de trabajo en
el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking AHIGAL, y su
puesta a disposición, tras la fecha de la notificación, y desde la constitución de Ia
garantía correspondiente solicitada, en su caso.
Prestar los servicios puestos a su disposición en el Espacio de Trabajo Colaborativo y
de Emprendimiento Coworking AHIGAL.
2. Derechos:
Poner fin a la autorización del uso de la oficina por las causas previstas, previa
tramitación del pertinente procedimiento, en el que se dará audiencia al interesado/a.
Solicitar la información necesaria para velar por el cumplimiento de la presente
Ordenanza de funcionamiento.
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
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