Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-4492)
BOP-2024-4492 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Compost-Jara".
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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XV. RÉGIMEN DISCIPLINARIO: FALTAS, SANCIONES, COMPETENCIA, PRESCRIPCIÓN Y
PROCEDIMIENTO.
A) Faltas:
Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1) Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as, mal comportamiento, voces,
alborotos, insultos y palabras malsonantes.
La impuntualidad no justificada superior a 30 minutos desde la entrada al centro, o en la
incorporación a las distintas tareas y actividades, dentro o fuera del aula o entorno de
actuación del programa C.R.A "Compost-Jara”.
Abandono el centro momentáneamente durante la jornada, sin el permiso
correspondiente (petición de salida). En el caso en que se estén realizando tareas fuera
del aula, su abandono tendrá la misma consideración.
El bajo rendimiento, comportamiento apático si causa justificada, intento de distracción
de compañeros/as, tanto en las actividades formativas como en el trabajo propio del
Programa C.R.A "Compost-Jara".
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30
minutos de descanso).
El descuido con las instalaciones, mobiliario, herramientas y materiales del centro, así
como su utilización sin permiso previo.
La no presentación en tiempo oportuno (tres días naturales) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta o rezagarse en trayectos cuando se reinicia la actividad.
Fumar en zonas no permitidas.
El deterioro no grave, causado intencionalmente de las dependencias, vestuario y
material del aula del programa de formación, así como objetos y pertenencias de
otros/as miembros de la misma.
Arrojar papeles y desperdicios en aulas, talleres y centros de trabajo.
Tener conectados los teléfonos móviles durante la jornada laboral, a no ser que tenga
permiso del equipo técnico del Programa C.R.A.
Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Programa C.R.A.
CVE:
BOP-2024-4492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de agosto de 2024
N.º 0162
Pág. 18749
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XV. RÉGIMEN DISCIPLINARIO: FALTAS, SANCIONES, COMPETENCIA, PRESCRIPCIÓN Y
PROCEDIMIENTO.
A) Faltas:
Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1) Faltas leves:
La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as, mal comportamiento, voces,
alborotos, insultos y palabras malsonantes.
La impuntualidad no justificada superior a 30 minutos desde la entrada al centro, o en la
incorporación a las distintas tareas y actividades, dentro o fuera del aula o entorno de
actuación del programa C.R.A "Compost-Jara”.
Abandono el centro momentáneamente durante la jornada, sin el permiso
correspondiente (petición de salida). En el caso en que se estén realizando tareas fuera
del aula, su abandono tendrá la misma consideración.
El bajo rendimiento, comportamiento apático si causa justificada, intento de distracción
de compañeros/as, tanto en las actividades formativas como en el trabajo propio del
Programa C.R.A "Compost-Jara".
Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30
minutos de descanso).
El descuido con las instalaciones, mobiliario, herramientas y materiales del centro, así
como su utilización sin permiso previo.
La no presentación en tiempo oportuno (tres días naturales) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
Permanecer en la puerta o rezagarse en trayectos cuando se reinicia la actividad.
Fumar en zonas no permitidas.
El deterioro no grave, causado intencionalmente de las dependencias, vestuario y
material del aula del programa de formación, así como objetos y pertenencias de
otros/as miembros de la misma.
Arrojar papeles y desperdicios en aulas, talleres y centros de trabajo.
Tener conectados los teléfonos móviles durante la jornada laboral, a no ser que tenga
permiso del equipo técnico del Programa C.R.A.
Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al Programa C.R.A.
CVE:
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Verificable
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Jueves, 22 de agosto de 2024
N.º 0162
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