Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-4492)
BOP-2024-4492 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Compost-Jara".
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2. Accidentes laborales.
En caso de accidente o percance de cualquier tipo, se deberá acudir inmediatamente a un
centro médico o mutua de accidentes, dando aviso al personal docente y directivo del
programa C.R.A de formación en alternancia con el empleo “Compost-Jara".
Cualquier accidente o percance derivado de la inobservancia de las medidas básicas de
seguridad del programa de formación, será responsabilidad exclusiva del alumnado.
Si ocurre un accidente en el trabajo, hay que avisar inmediatamente a la monitora, al objeto de
confirmar la existencia de un accidente laboral, él determinará los trámites a realizar para
recibir la atención médica adecuada. Después de avisar a la dirección, puesto que en cada
accidente hay que rellenar un impreso de investigación del mismo.
Además, si no se puede determinar la existencia de dicho accidente, el/a alumno/a /
trabajador/a se podrá quedar sin asistencia médica o tendrá que abonar él mismo los gastos.
Sil accidente requiriese de atención en la mutua se debe recoger el parte entregado para
presentarlo en la oficina del programa C.R.A de formación en alternancia con el empleo
"Compos-Jara" o, en todo caso, a la monitora.
Si se sufre un accidente fuera del horario de trabajo, debe acudirse a la Seguridad Social o al/a
facultativo que corresponda, como cualquier persona que no pertenezca al Programa C.R.A
3. Equipos de protección individual e indumentaria.
Se deberá hacer uso de la indumentaria y equipo de protección, así como observar las
medidas de seguridad concretas, para cada puesto de trabajo. Siendo sancionado con una
falta grave su no uso, siempre que se le hubiere suministrado por parte de la empresa dicho
material.
Es obligatorio usar los equipos de protección individual que se le hayan entregado a cada
alumno/a en cada una de las situaciones que lo requiera. La negación en ese sentido supone la
expulsión del programa C.R.A.
Si algún día el/a alumno/a se presenta sin su equipo de protección individual o indumentaria de
trabajo ese día no trabaja, y se considera falta sin justificar.
Se le dará la opción de ir a recogerlo, aunque se le descontará el tiempo que tardará en volver
a presentarse en el lugar de trabajo con su material de protección, este periodo como cualquier
otro de falta sin justificar se hará descuento proporcional de la nómina.
CVE:
BOP-2024-4492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de agosto de 2024
N.º 0162
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