Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2024-4468)
BOP-2024-4468 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Conecta Biosfera".
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5. CONDICIONES DEL ALUMNADO- TRABAJADOR.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a en el programa Colaborativo Rural Ateneo, el
mantener con Ayuntamiento de Casatejada (en adelante "Entidad Promotora") una
relación regulada formalmente por un contrato de formación y aprendizaje, por lo que son
considerados trabajadores/as, sin perder la condición de alumno/a, en ningún caso.
La duración máxima del contrato es de seis meses, en virtud de la vigencia del programa.
Durante la duración del Contrato de Formación y Aprendizaje, el alumnado trabajador tendrá
derecho a la percepción de un salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional
vigente.
6. CONDICIONES DEL PERSONAL DEL EQUIPO TÉCNICO Y DOCENTE.
El personal del equipo técnico y docente mantiene con la Entidad Promotora una relación
regulada formalmente por un Contrato de Obra o Servicio, por lo que son considerados
trabajadores, según condiciones de cada contrato suscrito entre ambas partes, hasta el final
del programa. La duración del contrato es de 6 meses y 14 días.
7. HORARIO DE TRABAJO.
La jornada de trabajo será completa con 40 horas semanales prestadas de LUNES a VIERNES,
con los descansos establecidos legal o convencionalmente.
Se considera Jornada Laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como
las dedicadas a trabajos reales.
La compensación de los días festivos trabajados debidos a la propia naturaleza de la
Cualificación se regirá por el Estatuto General de los trabajadores. De esta forma cada día
trabajado fuera del horario laboral se computará por dos días laborales.
El horario de trabajo de este programa comienza a las 07:30 horas y finaliza a las 15:00
horas.
A las 07:30 horas, el alumnado/trabajador y Equipo Formativo deben estar en las aulas, u otro
lugar, según necesidad, para la ejecución del programa.
8. CALENDARIO LABORAL.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de
tal forma que se considerarán no laborables los días considerados como tales a nivel
Nacional, Regional y Local para el ejercicio 2024. Por el Coordinador/Técnico Tutor, se
informará con la antelación debida a todo el personal del Programa Colaborativo Rural
Ateneo.
A estos efectos se considerarán las fiestas locales de la localidad donde esté ubicado el
centro de trabajo.
9. DESCANSO SEMANAL.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a un descanso
semanal de 2 días ininterrumpidos que, como regla preferente, comprenderá día completo del
sábado y el día completo del domingo.
10. VACACIONES ANUALES.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a vacaciones anuales
retribuidas. El Equipo técnico y docente hará coincidir sus vacaciones con la del alumnado
5
Cód.
Validación:
9L269PCQ5PTM35CP65WRC35R2
Verificación:
https://casatejada.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4468
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de agosto de 2024
N.º 0161
Pág. 18665
Define la condición de alumno/a-trabajador/a en el programa Colaborativo Rural Ateneo, el
mantener con Ayuntamiento de Casatejada (en adelante "Entidad Promotora") una
relación regulada formalmente por un contrato de formación y aprendizaje, por lo que son
considerados trabajadores/as, sin perder la condición de alumno/a, en ningún caso.
La duración máxima del contrato es de seis meses, en virtud de la vigencia del programa.
Durante la duración del Contrato de Formación y Aprendizaje, el alumnado trabajador tendrá
derecho a la percepción de un salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional
vigente.
6. CONDICIONES DEL PERSONAL DEL EQUIPO TÉCNICO Y DOCENTE.
El personal del equipo técnico y docente mantiene con la Entidad Promotora una relación
regulada formalmente por un Contrato de Obra o Servicio, por lo que son considerados
trabajadores, según condiciones de cada contrato suscrito entre ambas partes, hasta el final
del programa. La duración del contrato es de 6 meses y 14 días.
7. HORARIO DE TRABAJO.
La jornada de trabajo será completa con 40 horas semanales prestadas de LUNES a VIERNES,
con los descansos establecidos legal o convencionalmente.
Se considera Jornada Laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como
las dedicadas a trabajos reales.
La compensación de los días festivos trabajados debidos a la propia naturaleza de la
Cualificación se regirá por el Estatuto General de los trabajadores. De esta forma cada día
trabajado fuera del horario laboral se computará por dos días laborales.
El horario de trabajo de este programa comienza a las 07:30 horas y finaliza a las 15:00
horas.
A las 07:30 horas, el alumnado/trabajador y Equipo Formativo deben estar en las aulas, u otro
lugar, según necesidad, para la ejecución del programa.
8. CALENDARIO LABORAL.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de
tal forma que se considerarán no laborables los días considerados como tales a nivel
Nacional, Regional y Local para el ejercicio 2024. Por el Coordinador/Técnico Tutor, se
informará con la antelación debida a todo el personal del Programa Colaborativo Rural
Ateneo.
A estos efectos se considerarán las fiestas locales de la localidad donde esté ubicado el
centro de trabajo.
9. DESCANSO SEMANAL.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a un descanso
semanal de 2 días ininterrumpidos que, como regla preferente, comprenderá día completo del
sábado y el día completo del domingo.
10. VACACIONES ANUALES.
El equipo técnico y docente y el alumnado trabajador tendrán derecho a vacaciones anuales
retribuidas. El Equipo técnico y docente hará coincidir sus vacaciones con la del alumnado
5
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Validación:
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