Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2024-4462)
BOP-2024-4462 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno Programa Colaborativo Rural Ateneo: Construyendo Futuro.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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A. Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los
apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1. Faltas leves:
• La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
• Faltas reiteradas de puntualidad (superar los cinco minutos pasados de la hora estipulada), que
no superen los 15 minutos en un mes. El tiempo de retraso será acumulativo
• El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
• El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del programa.
• Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
• Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
• El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de
su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los minutos de descanso).
• La no presentación en tiempo oportuno (en la semana) de los justificantes, salvo que se pruebe
la imposibilidad de hacerlo.
• Permanecer en la puerta de los talleres en horario de trabajo.
• Fumar en zonas no permitidas: aulas, pasillos y servicios.
• Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al programa.
A.2. Faltas graves:
• Haber sido sancionado/a por tres faltas leves a excepción de la falta de puntualidad superior a
15 minutos que se sancionarán al cometer dos de ellas.
• La falta de obediencia debida a monitores/as-profesores/as y demás personal del Programa
Colaborativo Rural.
• La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación.
• El ataque a la integridad física y moral de los/as compañeros y compañeras y en general,
mantener conductas antisociales y/o violentas durante la jornada laboral.
• El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
• La simulación de enfermedad o accidente.
• La ausencia al trabajo sin causa justificada.
• Faltas de hurto, robo, tanto a los/as trabajadores/as como al programa. En este sentido se
ponderará y valorará la gravedad del hecho por el equipo formativo del programa, así como a
cualquier personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el programa.
• Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
• Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
CVE:
BOP-2024-4462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de agosto de 2024
N.º 0161
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apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1. Faltas leves:
• La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
• Faltas reiteradas de puntualidad (superar los cinco minutos pasados de la hora estipulada), que
no superen los 15 minutos en un mes. El tiempo de retraso será acumulativo
• El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
• El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del programa.
• Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
• Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
• El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de
su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los minutos de descanso).
• La no presentación en tiempo oportuno (en la semana) de los justificantes, salvo que se pruebe
la imposibilidad de hacerlo.
• Permanecer en la puerta de los talleres en horario de trabajo.
• Fumar en zonas no permitidas: aulas, pasillos y servicios.
• Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al programa.
A.2. Faltas graves:
• Haber sido sancionado/a por tres faltas leves a excepción de la falta de puntualidad superior a
15 minutos que se sancionarán al cometer dos de ellas.
• La falta de obediencia debida a monitores/as-profesores/as y demás personal del Programa
Colaborativo Rural.
• La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de trabajo y formación.
• El ataque a la integridad física y moral de los/as compañeros y compañeras y en general,
mantener conductas antisociales y/o violentas durante la jornada laboral.
• El incumplimiento o abandono de normas y medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo.
• La simulación de enfermedad o accidente.
• La ausencia al trabajo sin causa justificada.
• Faltas de hurto, robo, tanto a los/as trabajadores/as como al programa. En este sentido se
ponderará y valorará la gravedad del hecho por el equipo formativo del programa, así como a
cualquier personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el programa.
• Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
• Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
CVE:
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