Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2024-4405)
BOP-2024-4405 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, una plaza de Operario de servicios múltiples, una plaza de Auxiliar de ayuda a domicilio y dos plazas de Limpiadora, derivadas del proceso extraordinario de estabilización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
1.4. se valorará la participación en cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y
Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido
esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con
contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y
profesional de los empleados públicos, con arreglo al siguiente baremo:
- 2,00 puntos por cada 10 horas de actividad formativa estableciéndose una
equivalencia de 1 crédito con 10 horas con una puntuación máxima de 30
puntos.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante
la presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del
programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas. Se
valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (primera y segunda parte, nivel
básico y avanzado, etc.), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con
las funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que
corresponda siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de
la misma.
Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a
razón de 5 horas por cada día que se acredite. Cuando la acción formativa se
especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por cada crédito.
1.2 Se valorará con 10 puntos poseer una titulación académica o profesional oficial, de
nivel igual o superior a la exigida en la convocatoria y distinta de la misma.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los
aspirantes mediante la presentación de documento original o copia auténtica del
título de que se trate.
OCTAVA. PROCESO SELECTIVO
8.1. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos
obtenidos con arreglo a los apartados anteriores, en su caso, determinando el resultado el
orden de clasificación definitiva de las personas aspirantes.
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
Cód.
Validación:
6X6LDHQWRYG4GW769LS7Y9AMQ
Verificación:
https://pueblonuevodemiramontes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4405
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18407
1.4. se valorará la participación en cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y
Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido
esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con
contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y
profesional de los empleados públicos, con arreglo al siguiente baremo:
- 2,00 puntos por cada 10 horas de actividad formativa estableciéndose una
equivalencia de 1 crédito con 10 horas con una puntuación máxima de 30
puntos.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante
la presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del
programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas. Se
valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (primera y segunda parte, nivel
básico y avanzado, etc.), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con
las funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que
corresponda siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de
la misma.
Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a
razón de 5 horas por cada día que se acredite. Cuando la acción formativa se
especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por cada crédito.
1.2 Se valorará con 10 puntos poseer una titulación académica o profesional oficial, de
nivel igual o superior a la exigida en la convocatoria y distinta de la misma.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los
aspirantes mediante la presentación de documento original o copia auténtica del
título de que se trate.
OCTAVA. PROCESO SELECTIVO
8.1. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos
obtenidos con arreglo a los apartados anteriores, en su caso, determinando el resultado el
orden de clasificación definitiva de las personas aspirantes.
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
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