Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2024-4405)
BOP-2024-4405 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, una plaza de Operario de servicios múltiples, una plaza de Auxiliar de ayuda a domicilio y dos plazas de Limpiadora, derivadas del proceso extraordinario de estabilización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Las resoluciones del tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o los
trámites afectados por las irregularidades.
6.7. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la presidencia a la alcaldía en el plazo
máximo de 10 días. La Presidencia podrá requerir a los miembros de los tribunales una
declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención
legalmente previstas.
6.8. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos del artículo 23
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme establece el artículo 24 del referido texto
legal.
6.9. El tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo
y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no
previsto en estas bases.
SÉPTIMA. BAREMACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos sobre una puntuación
máxima total de 100 puntos, resultantes de la valoración de los siguientes méritos:
1. Méritos profesionales1
, con una puntuación máxima de 60 puntos de acuerdo con la
siguiente valoración:
1.1. Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo, ocupando el
puesto o puestos de trabajo correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria a
razón de 0,50 puntos por mes completo.
1.2. Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo de cualquier otra
Administración Local en plaza de igual denominación y con funciones similares
a las de la plaza a la que se pretende acceder, a razón de 0,30 puntos por mes
completo. Únicamente se valorarán en este apartado los servicios prestados en plazas
1
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
Cód.
Validación:
6X6LDHQWRYG4GW769LS7Y9AMQ
Verificación:
https://pueblonuevodemiramontes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18405
Las resoluciones del tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o los
trámites afectados por las irregularidades.
6.7. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la presidencia a la alcaldía en el plazo
máximo de 10 días. La Presidencia podrá requerir a los miembros de los tribunales una
declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención
legalmente previstas.
6.8. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal en los términos del artículo 23
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme establece el artículo 24 del referido texto
legal.
6.9. El tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo
y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no
previsto en estas bases.
SÉPTIMA. BAREMACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos sobre una puntuación
máxima total de 100 puntos, resultantes de la valoración de los siguientes méritos:
1. Méritos profesionales1
, con una puntuación máxima de 60 puntos de acuerdo con la
siguiente valoración:
1.1. Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo, ocupando el
puesto o puestos de trabajo correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria a
razón de 0,50 puntos por mes completo.
1.2. Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como personal
funcionario interino, personal laboral temporal o indefinido no fijo de cualquier otra
Administración Local en plaza de igual denominación y con funciones similares
a las de la plaza a la que se pretende acceder, a razón de 0,30 puntos por mes
completo. Únicamente se valorarán en este apartado los servicios prestados en plazas
1
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Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
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