Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2024-4397)
BOP-2024-4397 Aprobación definitiva Ordenanza General Subvenciones.
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b) Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una Norma de
rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de
acuerdo con su propia Normativa.
c) Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública.
No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la
convocatoria.
El Presupuesto municipal contendrá la consignación anual que se destinará a la concesión de
estas subvenciones.
En la Resolución o Acuerdo o Convenio se establecerán las condiciones de todo tipo aplicables
a estas subvenciones, y deberán de incluir los siguientes extremos:
—Determinación del Objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la
asignación presupuestaria.
—Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, individualizada,
en su caso para cada beneficiario si fuesen varios.
—Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
—Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y
abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los
beneficiarios.
—Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para
la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
—Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas con
motivo de la concesión de las subvenciones. Estos criterios resultarán de aplicación para
determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el beneficiario o, en su caso, el importe
a reintegrar, y deberán responder al principio de proporcionalidad.
—Determinación, en su caso, de los libros y registros contables específicos para garantizar la
adecuada justificación de la subvención.
CVE:
BOP-2024-4397
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
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