Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdastillas. (BOP-2024-4368)
BOP-2024-4368 Bases selección Encargado/a de mantenimiento de servicios municipales.
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B) Otros méritos. (Máximo 20 puntos).
B.1) Formación (15 puntos máximos):
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizadores dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de
formación, recibidos o impartidos que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
los agentes anteriores, con contenidos transversales y/o complementarios relacionados con el
puesto de trabajo a desarrollar ( por ejemplo, albañilería, prevención de riesgos laborales,
manejo de maquinaria, informática, manipulador de alimentos, mantenimiento de
abastecimiento de agua, etc).
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa, cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos
en horas y/o créditos. Cuando la duración venga determinada por días, el Tribunal valorará 5
horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente los días concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de
las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se
tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades
formativas tengan diez o más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, ni los impartidos exclusivamente por entidades privadas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir a la persona
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas o en las que no se especifiquen
número de horas, se valorarán con 0,10 puntos.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada una de las demás actividades formativas
presentadas, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
B.2.) Titulación (5 puntos máximo).
Por estar en posesión de titulación de nivel superior o complementaria a la
mínima exigida para el ingreso:
- Doctorado: 5 puntos.
- Licenciado, Grado, máster o diplomado: 4 puntos
- Otra titulación académica superior a la exigida en la convocatoria: 3 puntos.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
CVE:
BOP-2024-4368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
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