Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra. (BOP-2024-4354)
BOP-2024-4354 Estabilización plaza concurso Cocinero/a Residencia de Mayores.
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Telf. 927 44 5002 – Fax. 927 44 51 72
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DE LA SIERRA (CÁCERES)
CIUDAD UNIVERSAL DEL ÁRBOL
El aspirante propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de reunir
las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de
veinte días hábiles desde la recepción del requerimiento.
Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición
adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas no requerirán a los
interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o
que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración.
A estos efectos, él interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano
administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones
Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una
consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos
habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados,
salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable
requiera consentimiento expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los
citados documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
El nombramiento como funcionario se efectuará por Resolución de la Alcaldía
en el plazo de diez días, a contar desde la terminación de los veinte días para aportar
documentación. La toma de posesión deberá efectuarse dentro del mes siguiente a la
notificación de la Resolución de nombramiento. Dicha Resolución se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
NOVENA. Bolsa de empleo.
Se procederá a la creación de una bolsa de empleo con aquellos aspirantes que
no superen el proceso selectivo, ordenados de mayor a menor puntuación obtenida.
Esta bolsa de trabajo tendrá preferencia y anulará cualquier bolsa de trabajo anterior.
Una vez al año se abrirá la bolsa para incorporar al personal que cumpla con las bases
de esta convocatoria y lo harán en el último lugar de la misma. Los llamamientos se
realizarán respetando el citado orden de prelación.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa será por
llamamiento al primer aspirante disponible de la bolsa, por lo que tendrá preferencia el
aspirante que figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa. La renuncia inicial
a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, darán lugar a la
exclusión de la bolsa:
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el
mantenimiento, dentro de la bolsa:
Cód.
Validación:
3TFFWFDWDNL6Z2P36XQPHXA6C
Verificación:
https://villanuevadelasierra.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
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