Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-4328)
BOP-2024-4328 Aprobación definitiva programa de gestión de colonias felinas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Los datos relativos a los gatos de la colonia serán incluidos en un registro creado al efecto, que
deberá recoger los siguientes aspectos:
—Evaluación sanitaria: estado general, existencia de parásitos, etc.
—Colonia de procedencia
—Fecha captura, esterilización, marcaje y suelta.
—Imagen fotográfica de identificación del gato.
—Localización del marcaje auricular.
—Otras observaciones.
ARTÍCULO 6. Alimentación.
Se colocarán un número adecuado y proporcional de comederos y bebederos, estancos,
distribuidos en varios puntos discretos, de bajo impacto visual.
Se evitará el suministro de alimento cerca de centros docentes, centros sanitarios, parques
infantiles, solares o viviendas particulares, restaurantes y/o bares y cafeterías o en la
proximidad de vías de tráfico continuo o intenso.
Los gatos deben ser alimentados con pienso seco. El pienso húmedo podrá ser suministrado
para su captura o para tratamientos sanitarios. El alimento no se dejará en el suelo y los restos
de alimento serán limpiados, si es posible, diariamente, con el fin de evitar riesgos sanitarios.
El suministro de alimento y agua se realizará diariamente en horario de 20:00h a 8:00h en la
cantidad necesaria para el número de gatos de la colonia. Para determinar si la cantidad
suministrada a una colonia es suficiente se deberá atender a la siguiente regla: si la ración se
consume en un tiempo inferior a quince minutos, se deberá aumentar la cantidad de alimento
suministrado; si, por el contrario, la ración suministrada permanece por tiempo superior a una
hora, la ración deberá ser reducida.
ARTÍCULO 7. Mantenimiento y limpieza del entorno.
Se mantendrá la correcta limpieza de las zonas de alimentación, eliminación y refugio.
Las zonas de alimentación deben mantenerse limpias, sin restos de comida, basuras u otros.
Los recipientes donde se dispensa comida y agua deben ser lavados y desinfectados, y ser
sustituidos convenientemente cuando su estado de conservación así lo aconseje.
CVE:
BOP-2024-4328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
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