Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2024-4328)
BOP-2024-4328 Aprobación definitiva programa de gestión de colonias felinas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Bajar la prevalencia de enfermedades infecciosas.
d) Evitar el crecimiento exponencial de la población debido a la presencia de gatos
sexualmente activos.
ARTÍCULO 4. Esterilización, vacunación y desparasitación.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, se procederá a la esterilización quirúrgica de todos los
gatos de la colonia, tanto hembras como machos, mediante la intervención de veterinario
habilitado para esta práctica.
El artículo 3.s) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la esterilización como el método clínico practicado por profesionales
veterinarios colegiados por el cual se realiza una intervención quirúrgica o medicamentosa
sobre el animal con el objetivo de evitar su capacidad reproductora.
Asimismo, se procederá a la esterilización temprana de animales prepúberes,
aproximadamente a los 4 meses de vida. La esterilización tiene que ser realizada con unas
garantías técnicas que aseguren la inocuidad del procedimiento.
Antes del retorno de los gatos a su colonia de origen, se procederá al marcaje auricular de los
mismos, extirpando el cuarto superior izquierdo de la oreja de las hembras y el derecho de la
oreja de los machos que se hayan esterilizado.
En el momento de la esterilización se procederá a la vacunación de los gatos de las colonias,
bajo el criterio de un profesional veterinario colegiado.
Asimismo, en el momento de la esterilización, se procederá a desparasitar a todos los gatos
con un antiparasitario de amplio espectro para parásitos internos y externos.
La desparasitación frente a parásitos internos se realizará bajo criterio de un profesional
veterinario colegiado, trimestralmente y frente a los parásitos externos bajo criterio de un
profesional veterinario colegiado, mensualmente.
ARTÍCULO 5. Identificación y registro.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán identificados, en el momento de su
captura, esterilización y marcaje, mediante microchip, registrados bajo la titularidad del
Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2024-4328
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
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d) Evitar el crecimiento exponencial de la población debido a la presencia de gatos
sexualmente activos.
ARTÍCULO 4. Esterilización, vacunación y desparasitación.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, se procederá a la esterilización quirúrgica de todos los
gatos de la colonia, tanto hembras como machos, mediante la intervención de veterinario
habilitado para esta práctica.
El artículo 3.s) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar
de los animales define la esterilización como el método clínico practicado por profesionales
veterinarios colegiados por el cual se realiza una intervención quirúrgica o medicamentosa
sobre el animal con el objetivo de evitar su capacidad reproductora.
Asimismo, se procederá a la esterilización temprana de animales prepúberes,
aproximadamente a los 4 meses de vida. La esterilización tiene que ser realizada con unas
garantías técnicas que aseguren la inocuidad del procedimiento.
Antes del retorno de los gatos a su colonia de origen, se procederá al marcaje auricular de los
mismos, extirpando el cuarto superior izquierdo de la oreja de las hembras y el derecho de la
oreja de los machos que se hayan esterilizado.
En el momento de la esterilización se procederá a la vacunación de los gatos de las colonias,
bajo el criterio de un profesional veterinario colegiado.
Asimismo, en el momento de la esterilización, se procederá a desparasitar a todos los gatos
con un antiparasitario de amplio espectro para parásitos internos y externos.
La desparasitación frente a parásitos internos se realizará bajo criterio de un profesional
veterinario colegiado, trimestralmente y frente a los parásitos externos bajo criterio de un
profesional veterinario colegiado, mensualmente.
ARTÍCULO 5. Identificación y registro.
De conformidad con el artículo 38.2 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los
derechos y el bienestar de los animales, los gatos serán identificados, en el momento de su
captura, esterilización y marcaje, mediante microchip, registrados bajo la titularidad del
Ayuntamiento.
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Viernes, 9 de agosto de 2024
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