Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Deleitosa. (BOP-2024-4324)
BOP-2024-4324 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la estancia, asistencia y utilización de los servicios de la Residencia Municipal Mixta de Mayores.
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Todos los precios incluyen IVA aplicable y a medida que se vayan produciendo los ingresos de
nuevos residentes, la tasa mensual a abonar será la que en ese momento esté establecida
según haya ido subiendo el IPC (índice de Precios al Consumo) desde la publicación definitiva
de esta Ordenanza. Dichos importes quedarán reflejados en la tarifa anual de precios visada
por el SEPAP.
En el supuesto de que se produzca cualquier modificación o cambio de la normativa estatal o
autonómica en esta materia, será de aplicación inmediata, previa comunicación a las personas
usuarias y a sus familiares.
Para el acceso al centro, de las personas dependientes no valoradas por la ley de
Dependencia, accederán al mismo, previo informe médico que posean, más la valoración de la
dirección, técnicos/as del centro y/o sanitarios correspondientes, que le otorgarán el grado
provisional, en tanto en cuanto se les asigne un grado definitivo por el SEPAD.
En caso de variación de la capacidad de autonomía del/a residente, le será aplicable una
nueva valoración para determinar el nuevo grado y por lo tanto la nueva tarifa .
Artículo 6º.- De la obligación de pago
El sistema de abono de la tasa se establece de la siguiente forma:
1.- PLAZAS DEPENDIENTES:
1.1.- PLAZAS PÚBLICAS.
1.2.- PLAZAS VINCULADAS - SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL.
Ambos tipos de plazas (1.1. y 1.2.), se cobrarán a mes vencido.
C) OTROS SERVICIOS
C.1) COMIDA 5,50 €/DIA
C.2) CENA 5,50 €/DIA
C.3) SERVICIO DE COMEDOR 350 €/MES
CVE:
BOP-2024-4324
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
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